REBOLLEDO/ABASTIBLE S.A
Rol
Fecha
14 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna de las garantías indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2) Que, de la presentación efectuada en estos autos, se deduce que los hechos en que se funda la acción no son susceptibles de conocerse y resolverse por esta vía, por aplicación de la norma contenida en el inciso 2° del numeral 2° del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, toda vez que aparece de los antecedentes y de las peticiones sometidas a conocimiento de esta Corte que lo pretendido es demandar el cumplimiento contractual, materia que es propia de los tribunales ordinarios de justicia, en un juicio de lato conocimiento. Y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto a folio 1. Al segundo y cuarto otrosí: estese a lo resuelto precedentemente. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-1127-2025. EDA/aam
Texto Completo (Preview)
Talca, catorce de octubre de dos mil veinticinco. Resolviendo las cuentas ordenadas: A folio N°9: téngase presente. A folio N°1: A lo principal: VISTO Y CONSIDERANDO: 1) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste hubiere sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que amenacen, perturben o priven del ejercicio legítimo de alguna
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