JARA CON REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN
Rol
Fecha
10 de octubre de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: 1.- Que, en estos autos se recurre por el demandado contra la resolución que, acogiendo un recurso de reposición deducido por el demandante, no dio lugar a tener por presentado su escrito de observaciones a la prueba, por estimarlo extemporáneo. 2.- Que, consta del expediente virtual que el tribunal a quo recibió la causa a prueba con fecha 28 de mayo del presente año, ordenando que dicha resolución fuese notificada a las partes vía correo electrónico. 3.- Que, del documento acompañado por el recurrente, consistente en el correo electrónico mediante el cual se le notificó la resolución antes señalada, consta que éste fue recibido el día 29 de mayo de 2025 a las 00:18 horas. 4.- Que, teniendo presente la fecha en que el demandado recibió la notificación de la resolución que recibió la causa a prueba y, que el día 20 de junio de 2025 resultó ser un día inhábil, por ser feriado, se tiene que el término probatorio venció el día 23 de junio de 2025, fecha desde la cual debe contarse el plazo para las partes a fin de realizar sus observaciones a la prueba, plazo este último que, indefectiblemente, venció el día viernes 4 de julio de 2025, misma fecha en que el demandado presentó sus observaciones a la prueba. 5.- Que, de lo referido precedentemente, se tiene que las observaciones a la prueba de la parte demandada fueron presentadas dentro del plazo que tenía para ello, motivo por el cual la resolución en alzada será revocada, según se dirá. Por lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha diecisiete de julio de dos mil veinticinco, dictada en la causa Rol C-7075-2024, del Segundo Juzgado Civil de Rancagua y, en su lugar, se decide que se tienen presente las observaciones a la prueba de la parte demandada. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1151-2025 Civil.
Fallo
se decide que se tienen presente las observaciones a la prueba de la parte demandada. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1151-2025 Civil.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, diez de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, en estos autos se recurre por el demandado contra la resolución que, acogiendo un recurso de reposición deducido por el demandante, no dio lugar a tener por presentado su escrito de observaciones a la prueba, por estimarlo extemporáneo. 2.- Que, consta del expediente virtual que el tribunal a quo recibió la causa
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