ALAN YÁÑEZ MARTINESE/ILTMA. CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA
Rol
Fecha
10 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y Teniendo presente: Primero: Que, el 8 de septiembre de 2025, comparece la defensora penal pública, Claudia Ojeda Celedón, quien deduce acción constitucional de Amparo en a favor del adolescente imputado Alan Ignacio Yáñez Martinese y en contra de la resolución de 27 de agosto de 2025, pronunciada por la Tercera Sala de la I. Corte de Apelaciones de Rancagua, integrada por los Ministros Sr. Pedro Salvador Jesús Caro Romero y Sr. Álvaro Javier Martínez Alarcón; y el abogado integrante Sr Saúl Quiroz Bedoya, en causa Rol de ingreso a la Corte 910-2025, RIT 1697-2024 del Juzgado de Garantía de Rengo. Expone que el fallo recurrido revoca la resolución apelada por el Ministerio Público y querellante, de 6 de agosto de 2025 del Juzgado de Garantía de Rengo, que con nuevos antecedentes y fundadamente sustituyó la sanción de Régimen Cerrado con Programa de Reinserción Social que cumplía el amparado, por la sanción de Régimen Semicerrado con Programa de Reinserción Social, decretando nuevamente la sanción de Régimen Cerrado respecto del adolescente, sin fundamentar su resolución en relación a las normas aplicables en la materia y a los argumentos que fundadamente expuso el Tribunal en su resolución, especialmente en lo relativo a los fines de la pena establecidos en el artículo 20 de la Ley 20.084, el derecho a revisión de las sanciones de adolescentes y los criterios que expresamente expone el artículo 53 de la Ley 20.084 primordialmente en lo que dice relación al fin preventivo especial de la pena durante el periodo de ejecución de la sanción. Siendo de esta manera ilegal su resolución y, por tanto, solicita ordenar se mantenga la sanción de Régimen Semicerrado por el saldo de pena decretada por el tribunal de Garantía de Rengo de manera fundada, a fin de restablecer el imperio del derecho. Señala que el 25 de abril del año 2023 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso dictó sentencia condenando a Alan Ignacio Yáñez Martinese a cumplir una sanción de 4
Fundamentos
fundamentos de la resolución que transcribe. Indica que el Ministerio Público y querellante presentan recurso de apelación en contra de la resolución del Tribunal de Garantía de Rengo que acoge la petición de la defensa de sustituir el saldo de pena de régimen cerrado con programa de reinserción social a régimen semicerrado también con programa de reinserción social; argumentando razones preventivo generales como la gravedad de del hecho, la gravedad del delito, la extensión del mal causado y por otra parte factores como el puntaje en los factores de riesgo de reincidencia que se aplican por gendarmería al igual que la población adulta; no siendo relevantes los avances en todos los objetivos de su plan de intervención que apuntan a su inserción social, como tampoco en informe social que da cuenta del apoyo que tiene el adolescente en el medio libre para continuar su sanción, que le permitiría su escolarización e inserción laboral, derechos fundamentales respecto de los cuales es privado en la Sección Juvenil. Añade que el 1 de agosto de 2025 se lleva a cabo la vista del recurso de apelación en la Tercera Sala de la I. Corte de Apelaciones de Rancagua, deciden revocar la resolución de 6 de agosto de 2025 que había sustituido la sanción, en base a la resolución que, igualmente, transcribe. Indica luego que, en atención a la resolución dictada por la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, el 27 de agosto de 2025 el Juzgado de Garantía de Rengo cumpliendo lo ordenado, despacha orden de detención respecto al adolescente amparado Alan Yáñez Martinese. Alega que esta resolución es contraria a la ley y afecta al derecho a la libertad personal y seguridad individual del amparado, derechos consagrados en el art. 19N° 7 de la Constitución Política del Estado, pues ha sido expedida en forma ilegal, afectando el derecho a la libertad personal, toda vez que ésta no ha sido dictada en los casos y formas determinados en la ley como lo dispone la letra b) del art. 19 n° 7 de la Constitución Política del Estado. La mencionada resolución no se ajusta a la ley, puesto que es carente de fundamentación suficiente en cuanto a que únicamente se refiere a los argumentos planteados por el Ministerio Público y la parte querellante y no así a los argumentos vertidos por la defensa y los argumentos debidamente fundados del Tribunal de Garantía de Rengo en su resolución que es revocada: Es así mismo insuficiente por cuanto no cumple el estándar mínimo de especialización en la materia, como se desarrollará más adelante. Transformándose
Fallo
fallo recurrido revoca la resolución apelada por el Ministerio Público y querellante, de 6 de agosto de 2025 del Juzgado de Garantía de Rengo, que con nuevos antecedentes y fundadamente sustituyó la sanción de Régimen Cerrado con Programa de Reinserción Social que cumplía el amparado, por la sanción de Régimen Semicerrado con Programa de Reinserción Social, decretando nuevamente la sanción de Régimen Cerrado respecto del adolescente, sin fundamentar su resolución en relación a las normas aplicables en la materia y a los argumentos que fundadamente expuso el Tribunal en su resolución, especialmente en lo relativo a los fines de la pena establecidos en el artículo 20 de la Ley 20.084, el derecho a revisión de las sanciones de adolescentes y los criterios que expresamente expone el artículo 53 de la Ley 20.084 primordialmente en lo que dice relación al fin preventivo especial de la pena durante el periodo de ejecución de la sanción. Siendo de esta manera ilegal su resolución y, por tanto, solicita ordenar se mantenga la sanción de Régimen Semicerrado por el saldo de pena decretada por el tribunal de Garantía de Rengo de manera fundada, a fin de restablecer el imperio del derecho. Señala que el 25 de abril del año 2023 el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso dictó sentencia condenando a Alan Ignacio Yáñez Martinese a cumplir una sanción de 4 años de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, en su calidad de autor del delito de homicidio simp
Texto Completo (Preview)
Talca, diez de octubre de dos mil veinticinco. Visto y Teniendo presente: Primero: Que, el 8 de septiembre de 2025, comparece la defensora penal pública, Claudia Ojeda Celedón, quien deduce acción constitucional de Amparo en a favor del adolescente imputado Alan Ignacio Yáñez Martinese y en contra de la resolución de 27 de agosto de 2025, pronunciada por la Tercera Sala de la I. Corte de Apelacio
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