C.A. de Puerto Montt

URIBE/MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Rol

141596-2022

Fecha

8 de febrero de 2023

Materia

Civil

Resultado

REVOCADA SENTENCIA APELADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

fundamentos séptimo al décimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar, y además, presente: Primero: Que, don Raúl Uribe García, Teniente del Ejército de Chile, ha deducido recurso de protección en contra del Ministerio de Defensa Nacional, impugnando la decisión de la Ministra del ramo, quien dispuso el retiro de éste de las filas del Ejército de Chile por medio del Decreto Exento RA Nº 118406/1354/ del 29 de junio de 2022, acto ilegal y arbitrario que vulnera las garantías fundamentales amparadas en los N°s 2, 3 inciso 5 y 24 de la Constitución Política. Denuncia que, la resolución recurrida es ilegal imputándole, entre otros vicios, el haber sido dictada a pesar de existir “recurso de reposición con jerárquico en subsidio” vigente de fecha 30 de julio de 2021 en contra de la resolución en que precisamente se basa el acto administrativo de retiro, esto es la Resolución DIVPER AS JUR/n (R) Nº 11345/2138/8677, de fecha 19 de julio 2021. Pide, se acoja el recurso incoado y se deje sin efecto el Decreto Exento RA Nº 118406/1354/ del 29 de junio de 2022, ordenando al recurrido que disponga u ordene a quien corresponda, materializar de manera inmediata la asignación de puesto de desempeño en el Ejército de Chile, hasta finalizar el tratamiento médico que permitirá seguir cumpliendo labores. Segundo: Que, en lo medular, la recurrida señala que, en el Informe de la Comisión de Sanidad del Ejército N° 277/2021 de 17 de marzo de 2021, se determina que el Sr. Raúl Uribe García se encuentra NO APTO para continuar al servicio de la Institución por padecer de enfermedades de salud mental y del aparato locomotor, de tipo incurables, por lo que concluye que su condición de salud actual "es incompatible con la profesión militar". Expone que, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, contenida, entre otros, en el dictamen N° 6.582, de 2020, ha señalado que la facultad para pronunciarse acerca del estado de salud de los servidores de las instituciones castrenses se radica en la respectiva Comisión de Sanidad. De esta manera, considerando que los informes que se objetan emanan del organismo competente que dispone la ley, y que sus conclusiones se encuentran amparadas en su condición de entidad técnica y especializada para examinar la capacidad física de los funcionarios, en este caso, del Ejército, para continuar o no en el servicio, no procede entender, a diferencia de los sostenido por el peticionario, que el instrumento que cursa el retiro, emanado del Ministerio de Defensa Nacional, carezca de fundamentación, o bien, sea arbitrario. Tercero: Que, a través del Decreto Exento RA Nº 118406/1354/ del 29 de junio de 2022 se dispuso el retiro del recurrente de las filas del Ejército de Chile; considerando para ello lo señalando en la Resolución Exenta (R) N° 11345/2138/8677, de fecha 19.JUL.2021, del Comando General del Personal del Ejército de Chile, que determina que el Oficial que se indica, padece Enfermedades de tipo inc

Fallo

se declara que se rechaza el recurso de protección deducido en autos. Regístrese y devuélvase. Redacción a cargo de la Ministra señora Ravanales. Rol Nº 141.596-2022. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (a) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Ángela Vivanco M., Sra. Adelita Ravanales A., Sr. Mario Carroza E., y el Abogado Integrante Sr. Enrique Alcalde R. No firma, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, la Ministra Sra. Ravanales por estar con feriado legal.

Texto Completo (Preview)

Santiago, a ocho de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos séptimo al décimo, que se eliminan. Y se tiene en su lugar, y además, presente: Primero: Que, don Raúl Uribe García, Teniente del Ejército de Chile, ha deducido recurso de protección en contra del Ministerio de Defensa Nacional, impugnando la decisión de la Ministra del

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica