JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

MINISTERIO PUBLICO C/ CONSTANZA DENNYS PADILLA CISTERNAS

Rol

Fecha

9 de octubre de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y OÍDO: En el fundamento 4° de la resolución en alzada se elimina toda referencia a la crítica que el juez del a quo formula hacia la actividad autónoma y privativa del Ministerio Público. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°) Que la defensa de la imputada Constanza Dennys Padilla Cisternas interpuso recurso de apelación en contra de la resolución de 2 de octubre en curso, pronunciada por el Juzgado de Garantía de Concepción, en la cual se le intensificó la medida cautelar de “arresto domiciliario total” (sic) por la de prisión preventiva, solicitando que ella sea revocada, sustituyéndola por la del articulo 155 letra a) del Código Procesal Penal, en modalidad total. Cabe señalar que la imputada se encuentra formalizada como autora del delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades, contemplado en el artículo 4°, en relación con el artículo 1°, ambos de la Ley N° 20.000. 2°) Que, ahora bien, de acuerdo al mérito de los antecedentes y de lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, esta Corte comparte la decisión del juez de primer grado, puesto que la verdad es que existe un número aproximado de 39 incumplimientos de la medida cautelar de privación total de libertad domiciliaria que con data 28 de enero del año en curso se le impuso a la aludida encausada, y sin que tales incumplimientos hayan sido razonablemente justificados, máxime que fue sorprendida el día 2 del presente mes incumpliendo en forma flagrante tal medida cautelar, razón que motivó su detención y posterior control judicial que desembocó en la resolución que hoy es materia del recurso de apelación y mediante la cual se intensificó dicha cautelar. A lo anterior se suma el hecho que al momento de cometer el delito de autos la imputada se encontraba formalizada en la causa RIT N° 634-2024, del ingreso del Juzgado de Garantía de Tomé, sujeta a la medida cautelar de firma mensual, por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades y/o recep

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 122, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de dos de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que intensificó la medida cautelar personal respecto de la imputada Constanza Dennys Padilla Cisternas, imponiéndole la de prisión preventiva. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvase al tribunal de origen. N°Penal-1.589-2025.-

Texto Completo (Preview)

Concepción, nueve de octubre de dos mil veinticinco. VISTO Y OÍDO: En el fundamento 4° de la resolución en alzada se elimina toda referencia a la crítica que el juez del a quo formula hacia la actividad autónoma y privativa del Ministerio Público. Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°) Que la defensa de la imputada Constanza Dennys Padilla Cisternas interpuso recurso de apelación en contra de la resol

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