JUZGADO DE FAMILIA PUDAHUEL

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

9 de octubre de 2025

Materia

OTROS ASUNTOS VOLUNTARIOS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la resolución apelada dictada el tres de diciembre de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Familia de Pudahuel. Devuélvase. N°240-2025 Familia

Texto Completo (Preview)

Santiago, nueve de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la resolución apelada dictada el tres de diciembre de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Familia de Pudahuel. Devuélvase. N°240-2025 Familia

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica