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Fecha

8 de octubre de 2025

Materia

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Resultado

ACOGE RECURSO DE HECHO

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- La resolución que ha sido apelada es aquella que se pronuncia negativamente respecto de la solicitud de la alimentaria en el sentido de declarar la obligación de pago de gastos extraordinarios por parte del alimentante, vale decir, una cuestión planteada en el contexto de la ejecución de la sentencia definitiva respectiva. 2°.- La norma contenida en el artículo 67 de la Ley N° 19.968 regula la impugnación de resoluciones que se hayan dictado en el transcurso del procedimiento y hasta la dictación de la sentencia definitiva, de modo que no cubre la situación que nos ocupa, razón por la cual hemos de...

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C.A. de Concepción RDM/mfmm Concepción, ocho de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°.- La resolución que ha sido apelada es aquella que se pronuncia negativamente respecto de la solicitud de la alimentaria en el sentido de declarar la obligación de pago de gastos extraordinarios por parte del alimentante, vale decir, una cuestión planteada en el contexto de la ejecución d

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