SIN INFORMACION

SOCIEDAD DE INVERSIONES EMPRENOR LIMITADA/TESORERÍA REGIONAL ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

8 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Comparece Waldo Riveros Saavedra, en representación de la Sociedad de Inversiones Emprenor Limitada, deduciendo recurso de protección en contra de la Tesorería Regional de Antofagasta, por estimar ilegal y arbitrario el acto consistente en el rechazo de la solicitud de reemplazo del cheque fiscal N° 7540199, emitido el dieciocho de junio de dos mil veintiuno por concepto de devolución de impuestos del año tributario de dicho año, resolución que habría privado a la recurrente del legítimo ejercicio de su derecho de propiedad, solicitando, que se deje sin efecto la resolución impugnada y se ordene cursar el pago correspondiente a la devolución de impuestos indicada. Informó la recurrida, al tenor de la acción cautelar promovida. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, por medio de la presente acción constitucional, la Sociedad de Inversiones Emprenor Limitada, representada por don Waldo Riveros Saavedra, estima ilegal y arbitrario el actuar de la Tesorería Regional de Antofagasta, que mediante resolución de fecha uno de agosto de dos mil veinticinco rechazó su solicitud de reemplazo del cheque fiscal N° 7540199, emitido el dieciocho de junio de dos mil veintiuno, por concepto de devolución de impuestos de dicho año tributario, ascendente a la suma de diez millones trescientos cincuenta y tres mil ciento diecisiete pesos ($10.353.117), negándose con ello a permitir el cobro del monto que la contribuyente considera de su propiedad. Sostiene que la decisión de la autoridad fiscal vulnera el derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, por cuanto se le ha privado del legítimo ejercicio sobre una suma de dinero que le pertenece, sin que existan fundamentos legales ni una notificación oportuna que hubiere permitido ejercer su derecho dentro del plazo legal. Solicita, en consecuencia, que se deje sin efecto la resolución impugnada, ordenándose a la Tesorería Regional revalidar y cursar el pago del referido cheque fiscal, con expresa condenación en costas SEGUNDO: Que, evacuando el informe solicitado, la Tesorería Regional de Antofagasta, por medio de su abogada Ana Karina Contreras Figueroa, solicita el rechazo del recurso, sosteniendo que el Servicio no ha incurrido en acto ilegal ni arbitrario alguno que afecte derechos constitucionales de la contribuyente. Explica que, con ocasión de la operación renta del año tributario dos mil veintiuno, la recurrente efectuó su declaración anual de impuesto a la renta mediante el Formulario 22, la que arrojó un saldo a favor por la suma ya singularizada, emitiéndose el cheque N° 7540199 con fecha dieciocho de junio de dos mil veintiuno, remitido al domicilio de la contribuyente en calle Prat N° 632 de Antofagasta. Agrega que la solicitud de reemplazo del cheque extraviado fue presentada recién el veintinueve de julio del presente, por vía electrónica, siendo rechazada el uno de agosto del mismo año por extemporánea, atendido que el plazo de tres años para solicitar dicha gestión —conforme al artículo 126 inciso tercero del Código Tributario y la Circular Normativa N° 342 del Servicio de Tesorerías— había expirado con creces. Indica, además, que la contribuyente pudo conocer oportunamente el estado de su devolución a través de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos, donde se informa en línea el estado de las declaraciones y devoluciones, de modo que no existió imposibilidad alguna de ejercer sus derechos dentro de plazo. Concluye que, no habiéndose denegado la devolución sino emitido el pago correspondiente, la falta de cobro del cheque dentro del término legal no puede imputarse al Servicio, por lo que el acto impugnado se ajusta plenamente a derecho. TERCERO: Que el recurso de

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se ACOGE sin costas, el recurso de protección deducido por Waldo Riveros Saavedra, en representación de la Sociedad de Inversiones Emprenor Limitada, en contra de la Tesorería Regional de Antofagasta, dejando sin efecto la resolución de fecha uno de agosto de dos mil veinticinco y ordenando a la recurrida cursar el pago correspondiente a la devolución de impuestos a la renta del año tributario dos mil veintiuno, por la suma de diez millones trescientos cincuenta y tres mil diecisiete pesos ($10.353.117), monto reconocido en el cheque fiscal N°7540199. Regístrese y comuníquese. Rol 1606-2025 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Dpp/ Antofagasta, ocho de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece Waldo Riveros Saavedra, en representación de la Sociedad de Inversiones Emprenor Limitada, deduciendo recurso de protección en contra de la Tesorería Regional de Antofagasta, por estimar ilegal y arbitrario el acto consistente en el rechazo de la solicitud de reemplazo del cheque fiscal N° 7540199, emitido el dieciocho de

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