SIN INFORMACION

RUMALDO SEGUNDO SALAZAR VERA CON JUAN CARLOS DURAN Y DOÑA ISAMAR GONZALEZ SEPULVEDA

Rol

Fecha

8 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, con fecha 12 de agosto de 2025, comparece Rumaldo Segundo Salazar Vera, cédula nacional de identidad N°8.750.771-8, profesor, domiciliado en Valdivia, quien por sí interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Local de Educación Pública de Valdivia, órgano al cual presta servicios en la Escuela Alemania de esta ciudad. Expone haber solicitado a la recurrida, con fecha 11 de marzo de 2025, que se le traslade de lugar de trabajo, por hechos que estima constitutivos de acoso laboral que han dado lugar a licencias médicas por enfermedad de origen profesional, y refiere que la falta de resolución respecto de lo solicitado a la recurrida tiene graves efectos para su salud, vulnerando su derecho a la integridad física y psíquica. Solicita que esta Corte de Apelaciones que adopte las medidas necesarias para reestablecer el imperio del derecho, señalando como una posibilidad el que se disponga su teletrabajo. 2°) Que, con fecha 3 de septiembre de 2025, comparecen Cristián Guillermo Ahumada Onell y María Carolina Silva Rodríguez, abogados, en representación de la recurrida Servicio Local de Educación Pública de Valdivia, quienes evacúan informe al tenor de la acción constitucional interpuesta. Expone que el recurrente, en su calidad de funcionario, fue traspasado desde la Ilustre Municipalidad de Valdivia al amparo de la Ley N°21.040, a la recurrida por el solo ministerio de la ley, la que asumió la administración de los establecimientos educacionales asentados en la Provincia de Valdivia con fecha 1 de marzo de 2025. Señala que, en virtud de una presentación del recurrente ante la Contraloría General de la República, la directora de la Escuela Alemania, donde el funcionario presta servicios, informa que, respecto de dificultades sostenidas con el recurrente, fundado en su intención de contar con un espacio único en el establecimiento educacional, a fin de trabajar en solitario, no siendo posible por falta de es

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que se rechaza, sin costas, la acción constitucional de protección deducido por Rumaldo Segundo Salazar Vera, en contra del Servicio Local de Educación Pública de Valdivia. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-741-2025.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, ocho de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, con fecha 12 de agosto de 2025, comparece Rumaldo Segundo Salazar Vera, cédula nacional de identidad N°8.750.771-8, profesor, domiciliado en Valdivia, quien por sí interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Local de Educación Pública de Valdivia, órgano al cual presta servicios en la E

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