ANONIMIZADO
Rol
Fecha
8 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, por la forma de interposición del recurso y lo dispuesto en el artículo 546 del Código Orgánico de Tribunales en relación a los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido por el abogado Juan José Sampson Trujillo en representación de la parte requirente, en contra de la resolución de veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en los autos P-598-2025 del Juzgado de Familia de Iquique, que no concedió el recurso de apelación subsidiario respecto de resolución dictada el dieciséis de septiembre de dos mil veinticinco. Regístrese, comuníquese...
Texto Completo (Preview)
Iquique, ocho de octubre de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, por la forma de interposición del recurso y lo dispuesto en el artículo 546 del Código Orgánico de Tribunales en relación a los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido por el abogado Juan José Sampson Trujillo en representación de la parte re
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