CONSTRUCTORA CASAA LIMITADA/TERCER JUZGADO DE LETRAS DE TALCA
Rol
Fecha
8 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/DEJAR COPIA/COMUN.
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Mauricio Lozano Donaire, en representación, según se acreditara de Constructora Casaa Limitada, quien dedujo recurso de hecho en contra de la resolución dictada por la Jueza a quo en causa RIT C-620-2021 del 3° Juzgado de Letras del de Talca, el 14 de abril de 2025, que concedió recurso de apelación deducido por la contraria, en contra de la sentencia dictada en la causa que rechazó completamente la demanda. Expone que el 24 de marzo de 2025 se dictó sentencia definitiva en causa Rol C-620-2021 del 3° Juzgado de Letras de Talca, lo que consta a folio 130; luego, el 25 de marzo de 2025, el Sr. Horacio Torres Lira, abogado por la demandante, presentó un escrito donde solicito tener por expresamente notificado de la sentencia, a lo que se resolvió el 27 de marzo de 2025, tener por notificada a la parte demandante de la sentencia, a contar de la data de dicha presentación. Agrega que, del tenor de la resolución que provee la petición de tener a la contraria por notificada de la sentencia dictada en la causa, se aprecia como es que la misma determina que se le tenga por notificada desde la fecha de la “presentación”, esto quiere decir desde el 25 de marzo de 2025. Lo anterior es simple de entender, desde que los actos procesales dictados por los tribunales no tienen el carácter de “presentación” si no de resoluciones judiciales u otros sinónimos, pero ninguno de ellos es el seudónimo de “presentación”. Más aun cuando el inicio de la resolución parte señalando “proveyendo la presentación de folio 131”, no quedando especio para confusiones o una doble interpretación. Sostiene que ello es importante, debido a que el recurso de apelación presentado por la contraria fue deducido el 7 de abril de 2025. Esto quiere decir que el recurso de apelación, que tiene un plazo de 10 días hábiles para su presentación, fue presentado el día 11, estando
Fallo
por tanto completamente fuera de plazo y por tanto no debió ser admitido a tramitación por extemporáneo. Alude a doctrina y refiere que el recurso de apelación del 7 de abril 2025 deducido por la contraria no cumple con un elemento básico y esencial de un recurso procesal, que estar dentro de plazo para ser deducido, ni menos cumple con el inciso segundo del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil. Por lo que, solicita declarar inadmisible por extemporánea dicha apelación, con costas en caso de oposición. SEGUNDO: Que informa Claudio Canales González, juez subrogante del Tercer Juzgado de Letras de Talca, quien en lo pertinente expone que el 24 de marzo del año en curso, se dictó sentencia definitiva por parte del Juez Titular, don Álvaro Saavedra Sepúlveda, la que su parte resolutiva, dispuso el rechazo de la excepción mixta de cosa juzgada impetrada por los demandados, así como el rechazo de la demanda de autos, sin costas por estimar que hubo motivo plausible para litigar. Agrega que el 25 de marzo, mediante escrito de folio 131, la parte demandante, representada por el letrado don Horacio Torres Lira, solicitó se le tenga por expresamente notificado de la sentencia de autos, el que fue proveído el 27 de marzo, a folio 132 en los siguientes términos: “Proveyendo la presentación de folio 131: Téngase por notificada a la parte demandante de la sentencia de autos, a contar de la data de esta presentación”. Luego, refiere que, de acuerdo a las actuaciones que rolan
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, ocho de octubre de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado Mauricio Lozano Donaire, en representación, según se acreditara de Constructora Casaa Limitada, quien dedujo recurso de hecho en contra de la resolución dictada por la Jueza a quo en causa RIT C-620-2021 del 3° Juzgado de Letras del de Talca, el 14 de abril de 2025, que concedió re
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica