SIN INFORMACION

GAVILÁN/ ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.

Rol

Fecha

8 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Erwin Moller Rubio, abogado, interpone recurso de protección en favor de doña Carolina Elisa Gavilán Rosales, domiciliada en calle Ramón Subercaseaux N°1545, comuna de San Miguel, en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., representada por su gerente general doña Carola Schwencke Reyes, ambas domiciliados en Los Militares N°4777, oficina 501, comuna de Las Condes, a fin de que se deje sin efecto la acción arbitraria e ilegal consistente en la restricción de coberturas en materia de salud mental, asociadas a su plan de salud, acción que vulnera lo dispuesto en el artículo 19 N°1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Señala que su representada se encuentra afiliado a la Isapre recurrida cotizando actualmente en el plan “EGEO 4220”, el que posee una cobertura de salud en atenciones psicológicas y psiquiátricas limitada y con escasa protección financiera, lo que constituye una infracción a las disposiciones de la Ley N°21.331 y de la Circular IF/N°396 de la Superintendencia de Salud. Explica que la Superintendencia de Salud, el 8 de noviembre de 2021, dictó la Circular IF/N°396 que tuvo por objeto ajustar las normas administrativas vigentes sobre la cobertura que debe otorgar el plan de salud a las atenciones de salud mental, conforme la Ley Nº21.331, asegurándose así que los nuevos planes de salud suscritos no otorguen a estas prestaciones una cobertura inferior a la que se contempla para las enfermedades físicas. Sostiene entonces, que la Isapre recurrida no puede comercializar planes de salud que restrinjan la cobertura para las prestaciones de salud relacionadas con enfermedades mentales, discapacidades psíquicas o salud mental, debiendo además adecuar los planes celebrados con anterioridad. Solicita que se acoja el recurso, ordenando a la recurrida adecuar el plan de salud realizando los ajustes necesarios para que la cobertura de las prestaciones de salud mental sea equiparada a las de salud fí

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia se declara que se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Carolina Elisa Gavilán Rosales en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., solo en cuanto la institución deberá realizar los ajustes necesarios para que la cobertura de las prestaciones de salud mental sea equiparada a las de salud física conforme al contrato vigente de la recurrente. Acordada contra el voto del abogado integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida, quien estuvo por rechazar el recurso, teniendo para ello en consideración: 1°) Que lo pretendido por la recurrente es que la Isapre ajuste el plan de salud que suscribió con anterioridad a la dictación de la Ley N°21.331, del Ministerio de Salud, de 11 de mayo de 2021, y se le haga aplicable a dicho plan lo dispuesto en la ley ya señalada. Sobre este aspecto, debe tenerse presente que el artículo 9° del Código Civil establece que la ley solo puede disponer para lo futuro y no tendrá jamás efecto retroactivo, por lo que no puede ser aplicada dicha normativa a contratos que ya fueron válidamente celebrados. Así, al no existir ninguna cláusula en la Ley N°21.331 que anule, modifique u ordene revisar los contratos de salud válidamente celebrados con anterioridad a dichas normas, no existe ningún sustento legal para que la recurrida s

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que para la vista de la presente causa la sala se integra extraordinariamente con la ministra señora Alondra Castro Jimenez, en reemplazo de la ministra señora Celia Catalán Romero, quien se encuentra inhabilitada para conocer de la presente causa. En San Miguel, a 8 de octubre de 2025, Sebastian Vergara de la Rivera, relator. San Miguel, ocho de octubre de dos mil veinticinco. V

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica