JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

MP C/ JOSE CLAUDIO ORTIZ VILUGRON

Rol

Fecha

8 de octubre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo estos sentenciadores los argumentos del tribunal a quo en la resolución que por esta vía se revisa, no siendo cuestionada la existencia del delito y participación del imputado conforme los artículos a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y atendido el mérito de los antecedentes que han sido expuestos en esta audiencia, de los cuales no es posible –por ahora– concluir que el imputado haya tenido una conducta que permita de alguna manera sostener en esta oportunidad procesal que ella pueda ser calificada como una cooperación eficaz, además, que los documentos e informe aludido por la defensa carece de la suficiencia para modificar los presupuestos aludidos, así como la necesidad de cautela establecida anteriormente, hacen estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 140,144, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de treinta de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Vilos, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado José Claudio Ortiz Vilugrón, por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora ad-hoc señora Diana Marín Castañeda. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 856-2025 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, ocho de octubre de dos mil veinticinco. Siendo las 10:10 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Juan Carlos Espinosa Rojas, e integrada por la Ministra suplente señora Jimena Pérez Pinto y la abogada integrante señora Carolina Salas Salazar, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la de

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