MP C/ PEDRO PABLO OJEDA DIAZ
Rol
Fecha
8 de octubre de 2025
Materia
MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS ART. 416 Y 416 BIS CODIGO DE JUSTICIA MILITAR
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
hechos investigados y los actos posteriores de aprehensión del imputado. Terminados los alegatos, la Sra. Presidenta dio por finalizada la presente audiencia, dejando constancia que se puso término a las 10:08 horas. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios
Fundamentos
fundamentos y conforme con lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de dos de octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado Pedro Pablo Ojeda Díaz. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Felipe Caballero Brun, quien estuvo por revocar la resolución en alzada, atendido que se han aportado nuevos antecedentes que generan una variación de las circunstancias tenidas a la vista al momento de decretar la prisión preventiva, por lo que una o más medidas cautelares contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, son adecuadas y proporcionales para asegurar los fines del procedimiento. Notifíquese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-2830-2025. En Valparaíso, ocho de octubre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a ocho de octubre de dos mil veinticinco, siendo las 09:32 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Teresa Carolina Figueroa Chandía e integrada por la Ministra Suplente señora Ingrid Alvial
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