LARA MIGEOT MONICA Y OTRO / CERDA AGUIRRE MARCELA Y OTRO
Rol
Fecha
7 de octubre de 2025
Materia
INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con las siguientes modificaciones: 1.- Se suprime el motivo Undécimo. 2.- Se corrige la numeración en el sentido de que el motivo Décimo segundo pasa a ser el Décimo y así sucesivamente. Y teniendo en su lugar, además, presente: Que la prueba pericial aportada en su oportunidad, aparece justificando el estado en el que quedó el vehículo de la parte demandante, dando razón de las partidas por las cuales debe ser reparado, razón por la cual se valorará esa prueba para justificar la indemnización que en definitiva se otorga. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de tres de junio de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Letras de Peñaflor, con declaración que los demandados solidariamente deberán pagar la suma de $4.450.000, confirmándose en todo lo demás la sentencia en alzada. Se previene que el abogado integrante señor Hamel, es del parecer de confirmar la sentencia en alzada sin modificaciones, en virtud de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. N°2530-2024-CIVIL
Texto Completo (Preview)
San Miguel, siete de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con las siguientes modificaciones: 1.- Se suprime el motivo Undécimo. 2.- Se corrige la numeración en el sentido de que el motivo Décimo segundo pasa a ser el Décimo y así sucesivamente. Y teniendo en su lugar, además, presente: Que la prueba pericial aportada en su oportunidad, aparece justificando
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