Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

TRANSPORTES AL-COHA SIMITADA CON VARGAS Y OTRO

Rol

C-1538-2022

Fecha

26 de octubre de 2023

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que con fecha 11 de septiembre de 2023, comparece doña MIRIAM OTÁROLA COVARRUBIAS, en representación de la empresa TRANSPORTES AL COHA LIMITADA, representada legalmente por don MAURICIO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, todos con domicilio en Apóstol Santiago Nº 388, comuna de Quinta Normal, quien interpuso demanda incidental de TERCERÍA DE POSESIÓN en contra del ejecutante de autos, KERVIN EDIXON VARGAS GOMEZ, domiciliado para estos efectos en calle San Antonio Nº 220, oficina 404, comuna de Santiago, y en contra de la ejecutada SOCIEDAD DE TRANSPORTES TRANSTACOHA LTDA, representada por don JORGE GUSTAVO MARTINEZ RASSE, con domicilio en Apóstol Santiago N° 386, comuna de Quinta Normal. Señala como fundamento de la tercería de posesión interpuesta, la circunstancia consistente en que con fecha 07 de septiembre de 2022, este Tribunal ordenó la subasta pública del vehículo Tipo: Bus, marca: Scania, modelo: K124IB NB, color: BLANCO VERDE AMARILLO, N° Chasis: 9BSK6X2B083630698, N° de motor: 8111971, año: 2009, Placa Patente: BYFC.14-5, embargado en autos. Agrega que la subasta se llevó a efecto el día 15 de diciembre del año 2022, adjudicándose el vehículo antes singularizado su representada, lo anterior, según da cuenta la respectiva factura de adjudicación Nº126 de fecha 19 de diciembre de 2022. Refiere que acompaña el boleto de remate Nº 04641, de fecha 15 de diciembre de 2022, el cual da cuenta que su representado pagó la suma de $7.623.500, monto que incluye la adjudicación del vehículo, el IVA y la comisión del martillero. Indica que su representada retiró el vehículo en cuestión desde las instalaciones del martillero público, comenzando a ser usado en el transporte de pasajeros, estando en su poder y en uso al momento del embargo de autos. Señala que consta en esta causa que el martillero público consignó el precio del remate, por la suma de $ 6.388.130, donde señala que la factura de adjudicación es la Nº126, entre otros datos que dan acertada inteligencia que corresponde a la adjudicación de su representada. Código: KRTKXXLFGWR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Indica que el abogado de la parte demandante, a sabiendas que el vehículo había sido rematado por un tercero y aprovechándose de que aún no se inscribía el vehículo a nombre de este tercerista, solicita y se autoriza embargar, nuevamente, el mismo vehículo ya rematado, pero esta vez no siendo propiedad del demandado de autos, sino de su representado, el que lo tenía en su patrimonio y se encontraba en su poder y siendo usado como tal. Expone que solicita el alzamiento del embargo toda vez que su representada es poseedora y dueña del vehículo materia de esta tercería. En efecto, desde la fecha de la subasta y primero en razón del acta de remate y después de la factura que da cuenta de la adjudicación, como del recibo de dinero que da cuenta del pago de la subasta, la sociedad que representa se ha comporta

Fallo

SE DECLARA: I. Que, SE ACOGE la tercería de posesión, debiendo, en consecuencia, alzarse el embargo sobre el vehículo Tipo: Bus, marca: Scania, modelo: K124IB NB, Placa Patente: BYFC.14-5. II. Que, cada parte pagará sus costas. RIT: C-1538-2022 RUC: 21-4-0339555-K Dictada por doña Pola Lorena Ugarte Cortés, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Código: KRTKXXLFGWR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-26T13:38:54-0300

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que con fecha 11 de septiembre de 2023, comparece doña MIRIAM OTÁROLA COVARRUBIAS, en representación de la empresa TRANSPORTES AL COHA LIMITADA, representada legalmente por don MAURICIO MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, todos con domicilio en Apóstol Santiago Nº 388, comuna de Quinta Normal, quien interpuso demanda incidental

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica