JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA

GARCÍA/TASK FORCE CHILE LTDA.

Rol

Fecha

6 de octubre de 2025

Materia

OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 30 de septiembre de 2025 en causa RIT O-869-2023, RUC 23-4-0490288-1, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, ante la Primera Sala, integrada por los ministros titulares Virginia Soublette Miranda y Jaime Rojas Mundaca y el abogado integrante Marcelo Díaz Sanhueza, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de nulidad deducido por el abogado Francisco Javier Jiménez Della Porta, en representación de la demandada Komatsu Chile S.A., en contra de la sentencia de fecha 27 de marzo de 2025, que acogió la demanda por indemnización de perjuicios por accidente del trabajo. Compareció a estrados y alegó el abogado Francisco Jiménez Della Porta, por el recurso, quedando su alegato registrado y la causa en acuerdo. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que Komatsu Chile S.A. recurre de nulidad contra de la sentencia dictada en procedimiento de aplicación general el 27 de marzo de 2025 por el juez titular del Juzgado del Trabajo de Antofagasta en causa RIT O-869-2023, RUC 23- 4-0490288-1, pidiendo que se anule la sentencia recurrida y dicte

Fallo

fallo que rechace o rebaje la indemnización a la que fue condenada. Invoca la causal de invalidación contenida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es: “Cuando haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica”. Sostiene que el sistema de valoración de la prueba de la sana crítica ha sido definido como: “Las reglas del correcto entendimiento humano; contingentes y variables con relación a la experiencia del tiempo y del lugar; pero estables y permanentes en cuanto a los principios lógicos en que debe apoyarse la sentencia.” Agrega que, conforme nos enseña la doctrina y jurisprudencia, el sistema de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, no admite de ninguna manera la posibilidad que el tribunal lleve a cabo actuaciones arbitrarias o antojadizas. El sentenciador debe respetar las reglas básicas impuestas por la lógica y las máximas de la experiencia, acompañado en ciertos casos, de ser necesario, la observancia de los conocimientos científicamente afianzados, agregando que, en esencia, lo primero que debe hacer el juez es someter a control critico las nociones que la experiencia y el sentido común le suministran, verificando el fundamento de aceptabilidad de estas nociones. Así, la causal de invalidación contenida en el artículo 478 letra b) se erige pues como una herramienta que constituye una garantía de los derechos de las partes que se s

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, seis de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 30 de septiembre de 2025 en causa RIT O-869-2023, RUC 23-4-0490288-1, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, ante la Primera Sala, integrada por los ministros titulares Virginia Soublette Miranda y Jaime Rojas Mundaca y el abogado integrante Marcelo Díaz Sanhueza, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recur

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