ÁLVAREZ/BANMÉDICA S.A.
Rol
Fecha
6 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Comparece Consuelo Muhe Morales, abogada, en representación de don Segundo Benedicto Álvarez Araya, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A. por haber incurrido en un acto arbitrario e ilegal al negar cobertura médica a la cirugía de tobillo derecho practicada al recurrente el 24 de mayo de 2025 en Clínica Dávila, pese a que dicha prestación se encuentra contemplada en su plan “Vida Integra Plus SM 32/18”. Expone que la Isapre rechazó la cobertura alegando que la intervención no fue indicada por un médico del staff convenido ni mediaba derivación de la Isapre, exigencia que nunca fue informada y que contradice el tenor del contrato. Refiere que el diagnóstico médico fue de fractura distal de peroné con ruptura del maléolo tibial posterior, constituyendo una urgencia que requería cirugía inmediata, cuyo costo ascendió a $3.700.000, monto asumido por su familia. Alega que la decisión de la recurrida vulnera sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, protección de la salud y derecho de propiedad garantizadas en el artículo 19, numerales 2°, 9° y 24° de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se deje sin efecto el rechazo de cobertura, ordenando a la recurrida mantener la plena vigencia del plan de salud y otorgar las prestaciones médicas correspondientes, con costas. SEGUNDO: Comparece Omar Matus de la Parra Sardá, abogado, en representación de Isapre Banmédica S.A., evacuando informe y solicitando el rechazo del recurso, por cuanto no existe acto ilegal o arbitrario atribuible a la institución. Señala que la negativa de cobertura del Programa de Atención Médica N° 2331494225 se ajusta a las condiciones expresas del plan “Vida Integra Plus SM 32/18”, que exige que toda hospitalización cuente con indicación escrita y específica de un médico tratante integrante del staff convenido para el plan. Sostiene que la cirugía practicada al recurrente no cumplió tales condici
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso constitucional de protección interpuesto en favor de Segundo Benedicto Álvarez Araya, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-15911-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de octubre de dos mil veinticinco. Al folio 16: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Comparece Consuelo Muhe Morales, abogada, en representación de don Segundo Benedicto Álvarez Araya, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A. por haber incurrido en un acto arbitrario e ilegal al negar cobertura médica a la ci
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