JUZGADO DE LETRAS DE TOME

MARIA ISABEL FUENTEALBA CAMAÑO Y OTROS CON ASERRADERO, BARRACA, FERRETERIA Y PRESTACION DE SERVICIOS FORESTALES MENQUE LIMITADA Y OTROS.

Rol

Fecha

6 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: En la resolución en alzada se eliminan su fundamento 5°. Y teniendo, además, presente: Que cualquiera sea el acierto o no de la forma de computar el plazo establecido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, la verdad es que la norma contenida en el artículo 268 del mismo cuerpo legal, impone una carga que debe cumplir oficiosamente el tribunal para los efectos de hacer avanzar la causa de un estado procesal a otro, razón por la cual se resolverá en consecuencia. SE CONFIRMA, sin costas del recurso, la resolución apelada de veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras de Tomé, en causa Rol C-157-2022, del ingreso de dicho tribunal. Devuélvase. N°Civil-2784-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción MFSV/mfmm Concepción, seis de octubre de dos mil veinticinco. VISTO: En la resolución en alzada se eliminan su fundamento 5°. Y teniendo, además, presente: Que cualquiera sea el acierto o no de la forma de computar el plazo establecido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, la verdad es que la norma contenida en el artículo 268 del mismo cuerpo legal, impone una

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