SIN INFORMACION

MOREIRA/NUEVA MASVIDA S.A

Rol

Fecha

6 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Pablo Andrés Moreira Lumbrera, abogado, en favor de su propia persona, interpone recurso de protección en contra de Isapre Nueva Masvida S.A., por haberlo desafiliado del sistema de salud y negado intempestivamente la cobertura médica a su hija, acto que califica de ilegal y arbitrario, por cuanto importaría una vulneración de las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°s 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Relata que, con fecha 30 de noviembre de 2024, suscribió contrato de salud con la recurrida, incorporando como carga a su hija Josefa Amparo Moreira Vásquez, de 11 años de edad. Posteriormente, el 15 de julio de 2025, fue notificado de su desafiliación, efectiva desde el 31 de agosto del mismo año, en razón de una supuesta preexistencia médica no declarada, correspondiente a “Genu valgo y sus complicaciones”, la cual habría sido diagnosticada con anterioridad al contrato. No obstante, sostiene que dicha condición fue calificada por el médico tratante como fisiológica y propia de la edad, no habiéndose diagnosticado como patología sino hasta el 15 de abril de 2025, cuando un nuevo especialista recomendó una intervención quirúrgica. Añade que, durante la vigencia del contrato, presentó tres solicitudes de cobertura médica para dicha cirugía, todas rechazadas bajo el argumento de preexistencia no declarada, y que la Isapre conocía desde un inicio todos los antecedentes clínicos. Invoca como fundamento legal el artículo 201 del DFL N°1 de 2005 del Ministerio de Salud, la Circular IF/N°354 de 2020 de la Superintendencia de Salud, diversos fallos de la Corte Suprema sobre la materia, y la naturaleza conmutativa del contrato de salud. Finalmente, solicita acoger el presente recurso, dejar sin efecto la desafiliación dispuesta por la recurrida, y ordenar la cobertura de salud respecto de la intervención quirúrgica realizada a su hija, así como de todas las prestaciones relacionadas, restable

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción de protección impetrada por Pablo Andrés Moreira Lumbrera y en contra de Isapre Nueva Masvida S.A. En consecuencia, se ordena a la recurrida dejar sin efecto la desafiliación dispuesta mediante carta de fecha 15 de julio de 2025, reincorporando al recurrente y a su grupo familiar en el plan de salud vigente a la fecha de dicha notificación. Asimismo, se dispone que la Isapre otorgue la cobertura de salud correspondiente respecto del presupuesto médico y quirúrgico ingresado mediante Folio N°341304001011, para el programa médico N° 7000347128, respecto de la intervención quirúrgica practicada a la menor Josefa Amparo Moreira Vásquez, así como todas las prestaciones médicas, quirúrgicas y hospitalarias relacionadas con dicha intervención, conforme al plan de salud contratado y mientras se mantenga vigente el vínculo contractual. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-17433-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de octubre de dos mil veinticinco. Proveyendo al escrito folio 15: téngase presente. Proveyendo al escrito folio 16: a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, Pablo Andrés Moreira Lumbrera, abogado, en favor de su propia persona, interpone recurso de protección en contra de Isapre Nueva Masvida S.A., por haberlo desafiliado del sistema de salu

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