JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL CONCEPCI

JORGE ANTONIO ARAYA BAEZA CON ENAP REFINERIAS S.A. ACUMULADAS 58-2025, 201-2025 (APEL. ART.)

Rol

Fecha

6 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA/OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Visto y teniendo presente: Que se han elevado a conocimiento de esta Corte las causas acumuladas Rol Corte 57-2025, 58-2025 y 201-2025, provenientes del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, seguidas en causa Rol J-75-2024, para conocer de los recursos de apelación deducidos por la ejecutada ENAP Refinerías S.A., en contra de las resoluciones de 01 de abril de 2024, que tuvo por interpuesta demanda ejecutiva y despachó mandamiento de ejecución y embargo en contra de ENAP REFINERÍAS S.A, confiriendo además traslado respecto de la solicitud de incremento del artículo 169 del Código del Trabajo; y, en contra de la sentencia de fecha 26 de diciembre de 2024 que rechazó las excepciones opuestas de incompetencia del Tribunal, falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva; litis pendencia; prescripción de la acción ejecutiva, remisión y pago de la deuda. Acogiendo además la solicitud de incremento, fijándola en un 30% de las indemnizaciones ofertadas en la carta de despido, con costas. Solicita en su primer recurso la revocación de la misma y en su mérito no dar curso a la demanda ejecutiva y en la segunda apelación pide se acojan las excepciones opuestas en la instancia, en particular la de remisión de deuda y la de pago. En subsidio, solicita que se deje sin efecto o se rebaje el incremento aplicado, fijándolo en un 5% o, en último término, en un porcentaje inferior al 30% ordenado por el tribunal. Asimismo, se alza la parte ejecutante Jorge Antonio Araya Baeza, contra la referida sentencia de 26 de diciembre de 2024, en cuanto fijó el incremento del artículo 169 en un 30%, pidiendo su elevación al 150% o, en todo caso, por sobre el 30%, con costas. I.- EN CUANTO A LA APELACION ROL CORTE 201-2025. 1°. - Que, el recurrente pide se revoque la resolución de 01 de abril de 2025 que dio curso a la ejecución y ordenó despachar mandamiento de ejecución y embargo, decretando en su lugar,

Fundamentos

fundamentos contenidos en ellas, en especial considerando el mérito ejecutivo otorgado en el artículo 169 letra A) del Código del Trabajo, a la carta de despido y lo dispuesto en los artículos 470 y 473 del mismo Código. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Redacción de la ministra suplente señora María Alejandra Ceroni Valenzuela. Aunque concurrió a la vista de la causa, al acuerdo del

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 464, 465 y 470, del Código del Trabajo; artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Se revoca la resolución de uno de abril de 2024, y en su lugar se declara que no ha lugar a dar curso a la demanda ejecutiva deducida por don Jorge Antonio Araya Baeza en contra de ENAP Refinerías S.A., por carecer el título de mérito ejecutivo. II.- EN CUANTO A LA APELACIONES ROL CORTE 57-2025 y ROL 58-2025. 6º.- Que, atendido lo decidido en el apartado precedente, que priva de sustento a las decisiones posteriores dictadas sobre la base de la subsistencia del título ejecutivo, resulta inoficioso emitir pronunciamiento respecto de las apelaciones deducidas contra la sentencia de 26 de diciembre de 2024, por lo que se omite pronunciamiento respecto de ellas. Acordada con el voto en contra de la ministra suplente María Alejandra Ceroni Valenzuela, quien estuvo por confirmar cada una de las resoluciones apeladas, compartiendo la totalidad de los fundamentos contenidos en ellas, en especial considerando el mérito ejecutivo otorgado en el artículo 169 letra A) del Código del Trabajo, a la carta de despido y lo dispuesto en los artículos 470 y 473 del mismo Código. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Redacción de la ministra suplente señora María Alejandra Ceroni Valenzuela. Aunque concurrió a la vista de la causa, al acuerdo del fallo y lo redactó, no firma la ministra suplente señora María Alejandra Ceroni Valenzuela, p

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, a seis de octubre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Que se han elevado a conocimiento de esta Corte las causas acumuladas Rol Corte 57-2025, 58-2025 y 201-2025, provenientes del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, seguidas en causa Rol J-75-2024, para conocer de los recursos de apelación deducidos por la ejecutada ENAP Refin

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