JUZGADO DE FAMILIA MELIPILLA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

6 de octubre de 2025

Materia

ALIMENTOS, CESACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que habiéndose presentado antecedentes económicos calificados que aconsejan dar tramitación a la presente causa en los términos del artículo 1° inciso tercero de la Ley N°14.908, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se revoca la resolución apelada de nueve de junio del año en curso, dictada en causa RIT C-312- 2025, por el Juzgado de Familia de Melipilla y, en su lugar, se dispone que el tribunal a quo deberá tramitar la acción intentada conforme a derecho corresponda. Devuélvase. N°Familia-928-2025.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, seis de octubre de dos mil veinticinco. Al escrito de folio 12: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Que habiéndose presentado antecedentes económicos calificados que aconsejan dar tramitación a la presente causa en los términos del artículo 1° inciso tercero de la Ley N°14.908, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se revoca la resol

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