JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

RODRIGO GONZALO DIAZ WORNER C/ MARIANA TILSA TORRES ARANEDA

Rol

Fecha

4 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.- Que la defensa ha apelado de la resolución dictada el 26 de septiembre en curso, por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar de privación de libertad parcial de la imputada Luisa del Pilar Fonseca Galaz, quien fue formalizada por el delito de lavado de dinero del artículo 27 de la Ley N° 19.913 y pide que se sustituya por alguna otra de las medidas cautelares que contempla el artículo 155 del Código Procesal Penal. Por su parte, la representante del ente persecutor y del Consejo de Defensa del Estado solicitan la confirmación de la resolución impugnada. Los alegatos de las intervinientes han quedado debidamente registrados en audio de esta Corte. 2.- Que, la exigencia que plantea el Código Procesal en el artículo 144 para modificar una medida cautelar, es que deben existir nuevos antecedentes que hagan variar ya sea el sustrato material el esto es la letra a) y b) del artículo 140 o la necesidad de cautela contemplada en su letra c). Para resolver la solicitud planteada por la defensa se debe tener en consideración no solo el transcurso del tiempo conforme al artículo 152 del mismo código, sino la actitud que ha tenido la imputada durante ese transcurso de tiempo frente a los actos del procedimiento que son los que justifican la imposición de las medidas cautelares y en tal caso no se ha señalado ningún incumplimiento de dichas medidas y ha asistido a todas las audiencias en que ha sido solicitada su comparecencia, por lo tanto la necesidad de cautela debe descender en su exigencia en atención a que la imputada nos ha demostrado que no pretende afectar los fines del procedimiento. 3.- Que, en atención a la acusación presentada por el ministerio público y la pena posible a imponer que no es de crimen y la alta posibilidad, conforme a los antecedentes personales de la imputada que en caso de ser condenada le sea otorgado un cumplimiento alternativo en libertad, lo que transforma en desproporci

Fallo

se decide que le quedan impuestas las medidas cautelares contempladas en las letras c) de manera quincenal ante la Comisaría más cercana a su domicilio y d) el artículo 155 del Código Procesal Penal. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. El tribunal deberá disponer las medidas conducentes para dar inmediato cumplimiento a lo resuelto por esta Corte. N° Penal-1571-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, cuatro de octubre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: 1.- Que la defensa ha apelado de la resolución dictada el 26 de septiembre en curso, por el Juzgado de Garantía de Concepción, que mantuvo la medida cautelar de privación de libertad parcial de la imputada Luisa del Pilar Fonseca Galaz, quien fue formalizada por el delito de lavado de di

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