/MINISTROS CORTE DE APELACIONES DE LA SERENA
Rol
Fecha
3 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA ICA LA SERENA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República dispone que los recursos de amparo deben ser conocidos por la magistratura que señale la ley, mandato que relacionado con los artículos 55 letra g) y 63 numeral 2° letra b) ambos del Código Orgánico de Tribunales, entregan la competencia territorial para el conocimiento del asunto. SEGUNDO: Que, en el presente caso dicha atribución debe entenderse hecha a la Corte de Apelaciones del lugar donde se señala haberse cometido o ejecutado el acto que motiva el presente arbitrio constitucional. En la especie, y conforme se desprende del Oficio N°1223 allegado por la recurrente, el acto cuya legalidad se cuestiona a través del presente arbitrio constitucional, dice relación con una orden de aprehensión en contra del procesado Lara Muñoz, dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria señor Sergio Javier Troncoso Espinoza. Atendido lo señalado precedentemente, esta Corte se declara incompetente para conocer del recurso interpuesto, debiendo remitirse los autos, a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Serena, por corresponderle su conocimiento y resolución. Al efecto, ofíciese por la vía más expedita; hecho, archívese. Rol 697-2025 (Amparo)
Fallo
se declara incompetente para conocer del recurso interpuesto, debiendo remitirse los autos, a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Serena, por corresponderle su conocimiento y resolución. Al efecto, ofíciese por la vía más expedita; hecho, archívese. Rol 697-2025 (Amparo)
Texto Completo (Preview)
/crm Antofagasta, a tres de octubre de dos mil veinticinco. A todo: Estese al mérito de lo que se resolverá. VISTOS: PRIMERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República dispone que los recursos de amparo deben ser conocidos por la magistratura que señale la ley, mandato que relacionado con los artículos 55 letra g) y 63 numeral 2° letra b) ambos del Código Orgánico de Tribunale
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