JUZGADO DE GARANTIA DE SANTA CRUZ

MP C/ LEONARDO ALEXANDER HUERTA ROJAS

Rol

Fecha

3 de octubre de 2025

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, la alegación de la defensa en torno a la proporcionalidad de la pena probable a imponer, debe ser descartada ya que como bien señala el juez del grado, la medida cautelar personal de prisión preventiva fue impuesta por peligro para la seguridad de la víctima, por lo que dicha alegación no aborda los

Fundamentos

motivos fundantes por lo que se decretó la medida en cuestión. A lo anterior, se suma que ha quedado evidenciado que las medidas cautelares de menor intensidad que fueron impuestas en su oportunidad al imputado Leonardo Alexander Huerta Rojas no fueron suficiente para cumplir el objetivo de evitar el daño a la víctima que se conoce en la causa respectiva, por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 309-2025, del Juzgado de Garantía de Santa Cruz, por compartir, en lo esencial sus fundamentos. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1099-2025-Penal

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C.A. de Rancagua Rancagua, tres de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, la alegación de la defensa en torno a la proporcionalidad de la pena probable a imponer, debe ser descartada ya que como bien señala el juez del grado, la medida cautelar personal de prisión preventiva fue impuesta por peligro para la seguridad de la víctima, por lo que dicha alegaci

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