SIN INFORMACION

BRUNACHE/SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

Rol

Fecha

3 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Marcelo Carvallo Contreras, interpone recurso de protección en favor de Renel Brunache, de nacionalidad haitiana, con domicilio en calle Avenida José Miguel Carrera N°4386, comuna de San Miguel, en contra de la Subsecretaria del Interior, representada por su Subsecretario, don Víctor Ramos Muñoz, domiciliados en Palacio de La Moneda S/N, comuna de Santiago; en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de carta de nacionalización formulada el 17 de noviembre de 2021, remitida a dicha repartición por el Servicio Nacional de Migraciones el 17 de enero de 2025, lo que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 8, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud planteada, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho, con costas. Segundo: Que, la Subsecretaría de Interior evacúa informe solicitando el rechazo de la acción deducida. Indica que la solicitud de otorgamiento de carta de nacionalización del recurrente se encuentra actualmente en sus últimas etapas de tramitación, previo a la firma de la autoridad, lo cual será debidamente notificado al solicitante. Añade que no se verifica la concurrencia de un acto ilegal o arbitrario que conculque las garantías constitucionales de la recurrente, quien detenta residencia definitiva en el país, razón por la cual no reporta un perjuicio mientras se encuentre pendiente su solicitud. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se

Fundamentos

considerando que no asiste al actor un derecho indubitado a exigir un pronunciamiento favorable en su favor, por todo lo cual se desechará la acción a su respecto.

Fallo

Por estas consideraciones, de conformidad a lo expuesto, lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve que se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Renel Brunache en contra de la Subsecretaría del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°2379-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, tres de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Marcelo Carvallo Contreras, interpone recurso de protección en favor de Renel Brunache, de nacionalidad haitiana, con domicilio en calle Avenida José Miguel Carrera N°4386, comuna de San Miguel, en contra de la Subsecretaria del Interior, representada por su Subsecretario, don Víctor Ramos Muñoz, domi

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