SIN INFORMACION

BRAVO/SECCIÓN DE REMUNERACIONES POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

3 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que comparecen Francisco Javier Saavedra Cerda, , funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile con el grado de Subcomisario, y Camila Alejandra Bravo Aljaro, funcionaria de la misma institución con el grado de Subcomisaria, interponiendo recurso de protección constitucional en su favor y en contra de la Sección de Remuneraciones de la Policía de Investigaciones de Chile, sección dependiente jerárquicamente del Prefecto Inspector Ricardo Virgilio Pocile Cerda, Jefe de la Jefatura Nacional de Administración y Gestión de las Personas, por haber omitido el pago íntegro, en tiempo y forma, de las remuneraciones correspondientes a la gratificación por zona, al no incluir en su base de cálculo la "Asignación de Especialidad al Grado Efectivo" durante todo el período en que los recurrentes prestaron servicios en zonas con derecho a dicho beneficio. Actuación que consideran ilegal y arbitraria, ya que contraviene las disposiciones legales y reglamentarias que regulan las remuneraciones del personal policial, así como el Dictamen número E98928/2021 de la Contraloría General de la República y la jurisprudencia uniforme de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, vulnerando con ello los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 números 2 y 24 de la Constitución Política de la República, que garantizan la igualdad ante la ley y el derecho de propiedad sobre las remuneraciones, por lo que solicitan que se acoja el recurso y se declare la ilegalidad y arbitrariedad de la omisión de pago, ordenándose a la recurrida regularizar el pago de las sumas adeudadas debidamente reajustadas. Señalan que ingresaron a la Policía de Investigaciones de Chile en las siguientes fechas: Francisco Saavedra el 1 de febrero de 2009 y Carolina Bravo el 1 de marzo de 2012, manteniéndose ambos en servicio activo hasta la fecha de interposición del recurso. Indican que se conocieron durante su desempeño institucional, contrajeron matrimonio el 9 de marzo de 2018 y de

Fundamentos

considerando la palabra "actualmente" como elemento decisivo para la fijación de pagos, cancelando sólo el período desde el 26 de abril de 2021 hacia el futuro. Esta situación fue clarificada en

Fallo

fallo reciente de la Excma. Corte Suprema, rol de protección número 147.027-2023, caratulado "Cortés y otro contra Policía de Investigaciones de Chile", que recae sobre el mismo objeto litigioso del pago de la asignación de grado efectivo, donde el Máximo Tribunal del país resolvió definitivamente la interpretación ambigua del dictamen y falló que debe pagarse igualmente desde el ingreso a la institución hasta el 26 de abril de 2021. En dicha sentencia, la Corte Suprema señaló expresamente que la recurrida desconoce su propio actuar previo de mayo de 2019 y que el pronunciamiento de la Contraloría sólo responde a la solicitud de aclarar la materia realizada por el Director General de la PDI, por lo que no puede pretender que sólo a partir del mismo haya nacido el derecho de los recurrentes, concluyendo que desconocer el derecho por tales fundamentos aparece como vulneratorio del derecho de propiedad sobre las remuneraciones. Exponen que dentro de los distintos estipendios que componen la remuneración de quienes forman parte de la Policía de Investigaciones, la asignación de grado efectivo, código H0050, creada por el decreto con fuerza de ley número 1, de 1998, del Ministerio de Defensa Nacional, se paga en la planta de oficiales desde el grado de Detective y sucesivamente en los demás cargos superiores. En consecuencia, desde el ingreso a la Escuela de Investigaciones y al egreso en el cargo de Detective, tanto los recurrentes como sus compañeros oficiales policiales adquir

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Que comparecen Francisco Javier Saavedra Cerda, , funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile con el grado de Subcomisario, y Camila Alejandra Bravo Aljaro, funcionaria de la misma institución con el grado de Subcomisaria, interponiendo recurso de protección constitucional en su favor y en contra de la Se

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