MORA/UNIVERSIDAD DE OHIGGINS
Rol
Fecha
2 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 1 de agosto del año 2025, comparece don Cristóbal David Mora Caro, chileno, soltero, cédula de identidad número 18.062.550-K, estudiante de Ingeniería Civil Eléctrica en la Universidad de O´Higgins, domiciliado en pasaje Anacreonte número 4316, Comuna de Pedro Aguirre Cerda, Santiago, y viene en deducir recurso de protección en contra de la Universidad de O’Higgins, persona jurídica de derecho público, Rol Único Tributario número 61.980.530-5, domiciliada en su casa central ubicada en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins número 611, Rancagua, representada por su rectora doña Fernanda Rosa Kri Amar, chilena, divorciada, cédula de identidad número 10.985.701-7, domiciliada laboralmente en la sede de la rectoría de la Universidad ubicada en Cachapoal número 90, Rancagua, en virtud de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho que en su presentación expuso. Indica que desde hace algunos años es estudiante de la carrera de Ingeniería Civil Eléctrica, y durante la duración de sus estudios ha debido afrontar el pago de los aranceles universitarios sólo accediendo a ayudas internas de la Universidad como transporte y alimentación, pero con un gran esfuerzo financiero personal, la dedicación que exigen los estudios de la carrera, dificultan su acceso a actividades remuneradas, es así como con grandes dificultades personales y económicas ha logrado mantener mis estudios de Ingeniería. Añade que ante esta situación no ha podido hacer frente al pago de los aranceles universitarios durante el año 2024 y el primer semestre del año 2025, si bien a comienzo de año pudo regularizar la deuda mediante la suscripción de pagarés, continuando con sus estudios durante el presente año, esta situación ha sufrido un giro inesperado, y por los hechos que se señalarán le impiden ahora continuar sus estudios en la Universidad, afectando con ello su derecho al acceso a la educación, de la continuidad de sus estudios de pregrado y de su acceso a los servicios universitarios. Relata que a contar del pasado día 28 de julio, se encontraba programada la “toma de ramos” del segundo semestre, tramite esencial para la continuidad de estudios, al ser ese trámite el que le habilita para incorporarse a los cursos respectivos y permite, en definitiva, su asistencia a clases y su acceso a las evaluaciones. Señala que, al momento de ingresar en la plataforma para estos fines, la Universidad impidió la toma de ramos, por encontrarse un saldo de aranceles pendiente de pago. Consultada esta situación en el portal de pagos de la Universidad, tiene una deuda de aranceles que asciende a la suma de $4.622.769, y si bien dicha plataforma permite acceder a una regularización de la deuda, ello exige un pago inicial, según el portal esta cantidad es cercana a un millón de pesos, con los que en este momento no cuenta. Plantea que agotó todas las instancias internas en la Universidad para hacer frente a esta situación, pero las autoridades académicas (Dirección de Asuntos Estudiantiles, Dirección de la Escuela de Ingeniería y la Jefatura de Carrera) simplemente se desentendieron del tema, dejando esto en manos de la Unidad de Aranceles y Cobranzas, y en dicha unidad administrativa no se le dio ninguna posibilidad de acceder a una regularización sin un pago inicial al que en estos momentos no puedo hacer frente. Agrega que la forma de actuar de la Unidad administrativa más bien es propia del de una empresa de cobranza, como si se tratara de una empresa de Retail, y es completamente ajena a los fines, objetivos y principios que rigen la educación en nuestro país, y particularmente en el caso de una Universidad Estatal, como es la Universidad de O’Higgins. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta acción de protección, y en definitiva acogerla en todas sus partes decretando
Fallo
Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, por falta de oportunidad, el recurso deducido por don Cristóbal David Mora Caro, en contra de la Universidad de O’Higgins, sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte 1282-2025 Protección.
Texto Completo (Preview)
Rancagua dos de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 1 de agosto del año 2025, comparece don Cristóbal David Mora Caro, chileno, soltero, cédula de identidad número 18.062.550-K, estudiante de Ingeniería Civil Eléctrica en la Universidad de O´Higgins, domiciliado en pasaje Anacreonte número 4316, Comuna de Pedro Aguirre Cerda, Santiago, y viene en deducir recurso de protección en con
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