SIN INFORMACION

KEVIN GALLEGOS CATRIL/GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

2 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que el 22 de septiembre del presente año, comparece doña Viviana Catril Gallegos, por sí y en favor de su hijo Kevin Gallegos Catril, RUN 20.972.998-9, quien se encuentra el CCP de Curicó y recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile, Curicó. Expone, que el 13 de septiembre 2025 llegó a la casa de su padres Río Teno 2779 Peñalolén, alrededor de las 22:20 pm un auto negro, se bajó un tipo, pregunta por su (tía Vivi), el personaje venia en su mano con un celular con una video llamada el tipo de la video llamada dijo, que llamaba de la Cárcel de la Serena, de apodo Nayareth Marcela (preso de la comunidad LGTB) amenazándola y a su hijo Kevin Gallegos Catril Rut 20.972.998-9 y a Francisco Jara Aguirre en esa videollamada, no pudo ver su cara del personaje ya que la pantalla estaba trizada. La amenaza fue, Kevin y Francisco debían irse de la cárcel de Curicó de lo contrario van a matar a Kevin y a Francisco y a ella le iban a disparar la casa. Agrega que, el problema se origina por pelotazo hacia el interior de la cárcel de Curicó donde el personaje ubicado en la Serena ingresa droga y celulares a través de pelotazo. Ella fue a Carabineros a denunciar ese mismo día y le comentaron que la denuncia se demoraba para que llegue a un Fiscal, y por decisión personal que fuera directamente a Curicó. El lunes 15 de septiembre 2025 me dirige a la cárcel de Curicó exponiendo a través de una declaración jurada firmada por mi persona narrando los hechos y un video donde se visualiza el auto negro y un hombre de que se baja del auto hacia la casa de mis padres todo esto está en conocimiento el jefe de seguridad de Curicó y me autorizaron una visita de 10 minutos para ver a su hijo. Alrededor de las 18:00 pm del día 15 de septiembre 2025 efectuó denuncia en la PDI de Curicó la cual a la fecha no he tenido novedades. Que el 19 de septiembre 2025 recibió una llamada de la cárcel de la Serena autorizada desde gendarmería de dicha unidad,

Fundamentos

Considerando este escenario, y las constantes agresiones y riñas que el amparado protagoniza con sus pares, en las dependencias para población LGTBIQ+, es que

Fallo

se resuelve derivarlo a la dependencia que alberga imputados de baja complejidad, donde tampoco se adapta, manteniendo pésimo comportamiento, y reiteradas faltas graves, por lo que debió ser aislado por mantener su segmentación agotada. Respecto de dicha solicitud, el tribunal da traslado a la defensa, quien indica, que el amparado no puede ser trasladado a la Región del Biobío, por mantener problemas de convivencia con internos de dicha región, por lo que, el tribunal mediante resolución de fecha 9 de junio del presente año, autoriza el traslado del amparado al CCP de Curicó. Posteriormente, con fecha 28 de agosto del presente año, mediante el ORD N°5606/2025, la Jefa de Control Penitenciario Nacional, solicita al tribunal, la autorización del traslado del amparado, desde el CCP de Curicó, al CP La Serena. Dicha solicitud se funda en el Informe Técnico N°159, donde se menciona que el amparado mantendría su circuito de segmentación agotado. Hace presente, que el CCP de Curicó, cuenta con un Módulo especial para personas que integren la comunidad LGTBIQ+, dependencia que el amparado habría habitado, donde protagonizo múltiples problemas de convivencia con sus pares, debiendo ser reubicado. Al ser entrevistado por el clasificador de la Unidad de Curicó, el amparado menciona tener problemas con la población penal de la dependencia para imputados, por lo tanto, debe permanecer en aislamiento en el Módulo N°2 de tránsito, a la espera de su traslado de Unidad Penal por segmenta

Texto Completo (Preview)

Talca, dos de octubre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que el 22 de septiembre del presente año, comparece doña Viviana Catril Gallegos, por sí y en favor de su hijo Kevin Gallegos Catril, RUN 20.972.998-9, quien se encuentra el CCP de Curicó y recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile, Curicó. Expone, que el 13 de septiembre 2025 llegó a la casa de su padres

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