SIN INFORMACION

ROJAS/C.C.A.F. LOS HÉROES

Rol

Fecha

2 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece Víctor Daniel Rojas León, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, por haber efectuado descuentos directos en sus remuneraciones mensuales correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril de 2025, por montos de $180.000 cada mes, vulnerando con ello los derechos consagrados en el artículo 19 N°s 2°, 3° inciso segundo y 24° de la Constitución Política de la República, que la Carta Fundamental garantiza a todas las personas, por lo que solicita que se declare la ilegalidad y arbitrariedad de los descuentos, se ordene la restitución de las sumas descontadas y se prohíba a la recurrida continuar con tales descuentos. Expone que el 8 de abril de 2022 suscribió con la recurrida el Pagaré N° 105715130 con vencimientos sucesivos, por la suma de $7.584.083, comprometiéndose al pago de 36 cuotas mensuales y sucesivas de $331.057 cada una, con una tasa de interés del 1,88% mensual, siendo el primer vencimiento en mayo de 2022. Señala que producto de un período de cesantía no pudo cumplir con su obligación de pago desde la cuota N°8, con vencimiento al 31 de diciembre de 2022, razón por la cual la recurrida interpuso demanda ejecutiva en su contra ante el 23° Juzgado Civil de Santiago, en causa C-13121-2023, haciendo uso de la cláusula de aceleración del crédito y cobrando la totalidad de la deuda insoluta ascendente a $6.109.400 por concepto de capital, más intereses pactados, penales y costas. Manifiesta que el 28 de febrero de 2025 fue informado por el área de recursos humanos de su actual empleador que en la planilla de remuneraciones correspondiente a dicho mes presentaba un descuento originado por la Caja de Compensación Los Héroes, situación que le causó sorpresa dado que la deuda se encontraba judicializada. Agrega que al recibir su liquidación de sueldo constató efectivamente un descuento de $180.000 bajo la nomenclatura "Descuento Los Héroes",

Fundamentos

fundamentos: 1.- Que la Caja de Compensación recurrida demandó al ahora recurrente el cobro ejecutivo de un pagaré cuyo pago se había dividido en cuotas y ejerciendo el derecho que le confiere la cláusula de aceleración contenida en el título, hizo exigible el total del crédito como si fuera de plazo vencido. En este escenario, sólo cabe concluir que la obligación originalmente pactada en cuotas pagaderas a plazo, devino en pura y simple y actualmente exigible con motivo de manifestar el acreedor su intención de hacer efectiva la cláusula de aceleración, lo que aconteció con la presentación de la demanda, de modo tal que los descuentos de las cuotas del crédito con fecha posterior, que es el hecho que motiva el recurso, no encuentra sustento en la ley y resultan además arbitrarios, desde que la acreedora opta por una parte por el cobro ejecutivo del saldo total insoluto de crédito por la vía judicial y paralelamente obtiene el descuento directo de sumas de dinero de la remuneración del deudor a través del empleador correspondientes a cuotas ya inexistentes. 2.- Que, de esta forma, los descuentos efectuados a las remuneraciones del recurrente, en los términos en que se hicieron, respecto del crédito social individualizado en el caso marras, carecen de justificación y afectan su patrimonio y, por ende, el derecho de propiedad reconocido en el artículo 19 N°24 de la Carta Fundamental. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-10898-2025.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare que los descuentos informados y percibidos por la recurrida respecto de sus remuneraciones son ilegales, arbitrarios e inoportunos; se ordene a la recurrida el reintegro de los descuentos aplicados a sus remuneraciones correspondientes a los meses de febrero hasta abril de 2025, así como aquellos que se realicen durante la tramitación del presente recurso; se ordene a la recurrida abstenerse en lo sucesivo de efectuar o informar descuentos en sus remuneraciones; y subsidiariamente, se adopte toda medida que se estime pertinente para restablecer el imperio del derecho, todo ello con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, informa MARIA PAZ SUAREZ FLOODY, abogada, en representación de CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LOS HEROES, quien informa que se dispuso el cese definitivo de los descuentos del crédito otorgado al recurrente y la restitución de las sumas que han sido recibidas a partir de la reanudación de los cobros, para lo cual han instruido disponibilizarlas para su retiro por el actor. En dicho sentido, solicita el rechazo de la acción de protección incoada por cuanto ha perdido oportunidad. TERCERO: Que, se confirió traslado a la recurrente quien indicó que acepta el allanamiento de la recurrida, pero que ésta no había dado cumplimiento a la devolución señalada. No obstante aquello, con posterioridad la recurrida aportó un documento de 7 de agosto de 2025 que daría c

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, comparece Víctor Daniel Rojas León, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, por haber efectuado descuentos directos en sus remuneraciones mensuales correspondientes a los meses de febrero, marzo y abril de 2025, por montos

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