2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

BOLADOS/SUDAMERICANA DE PERFORACIONES Y EXPLORACIONES S.A.

Rol

Fecha

6 de octubre de 2025

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En estos autos RIT O-822-2022, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Bolados con Sudamericana de Perforaciones y Exploraciones S.A. y otros”, por sentencia de seis de junio de dos mil veinticuatro se acogió la demanda sólo en cuanto declaró que sociedad de Perforaciones e Ingeniería Chile Limitada le adeudaba al actor la suma de $ 3.900.864 por concepto de feriado, declarando la extinción de dicha deuda por compensación, sin costas. En contra de este fallo, el demandante dedujo recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo que esgrime en dos oportunidades, de manera independiente, respecto de diversas decisiones de aquel, según se pasa a explicar: a) Por infracción de las normas de la experiencia y del principio de no contradicción respecto del rechazo de la pretensión de declaración de relación laboral entre el actor y la demandada sociedad de Perforaciones e Ingeniería Chile Limitada -PERFO CHILE- en los periodos reclamados; b) Por vulneración del principio de la razón suficiente, vinculado con el rechazo de la declaración de único empleador o co-empleador entre la empresa previamente aludida y Sudamericana de Perforaciones y Exploraciones S.A. -SUPEREX-. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa.

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que como se anunció, el actor esgrimió el motivo de invalidación de la letra b) del artículo 478, por infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, pero en dos vertientes que aduce de manera independiente, a saber: a) Vulneración del principio de no contradicción y de las reglas de la experiencia, apuntando al rechazo de la pretensión de declaración de relación laboral con la demandada Perforaciones e Ingeniería Chile Ltda. (PERFO CHILE) entre los meses de enero de 2008 y diciembre de 2023. Explica que no se discutió en el juicio la vinculación entre el actor en su calidad de asesor en prevención de riesgos y las demandadas PERFO CHILE y SUPEREX por los periodos que indica, sino la calificación de ella como una de tipo laboral; materia a la que se refirió el

Fallo

fallo impugnado entre los considerandos tercero y quinto, optando por rechazar su tesis, argumentando, en síntesis, que fue el propio trabajador quien no estuvo de acuerdo con suscribir un contrato de trabajo con PERFO CHILE; que la acción se ejerció tras más de 10 años de relación contractual y; que no se acreditó que los servicios se hubiesen prestado bajo subordinación jurídica, al no haberse demostrado exclusividad o descartado que se trataba de un ejercicio liberal de la profesión. Alega que dichas conclusiones infringen los principios de la lógica y de las máximas de la experiencia, por los siguientes motivos: i.- Al restar mérito a la acción ejercida por su supuesta tardanza es contrario a las máximas de la experiencia, pues ignora que las relaciones de trabajo son naturalmente asimétricas y que no es el trabajador quien tiene el poder de imponer las condiciones en las que prestará sus servicios, en concordancia con la irrenunciabilidad de los derechos laborales. En ese orden de ideas reprocha que el sentenciador incurre en una tautología que resume en los siguientes términos: “Si fuera una relación de trabajo, los derechos de este sujeto serían irrenunciables; pero como ha renunciado a ellos, no puede ser una relación de trabajo”, cuando lo correcto era realizar el ejercicio inverso, determinando primero si la relación tenía características de una de índole laboral para luego calificar la validez de la renuncia de derechos, lo que considera una violación a una máxim

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de octubre de dos mil veinticinco. VISTO: En estos autos RIT O-822-2022, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Bolados con Sudamericana de Perforaciones y Exploraciones S.A. y otros”, por sentencia de seis de junio de dos mil veinticuatro se acogió la demanda sólo en cuanto declaró que sociedad de Perforaciones e Ingeniería Chile Limita

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica