SIN INFORMACION

NANCY UBERLINDA VARGAS CARRASCO/I. MUNICIPALIDAD DE OSORNO

Rol

Fecha

2 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1º) Nancy Uberlinda Vargas Carrasco, docente, domiciliada en la comuna de Osorno, interpone acción constitucional de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Osorno, representada por su alcalde Jaime Alberto Bertín Valenzuela, domiciliados en la misma comuna, entidad que instruyó descuentos en sus remuneraciones por no haber asistido a su lugar de trabajo los días 4 y 5 de junio de 2025, en el marco del paro docente convocado por el Colegio de Profesores de Chile, acto que estima ilegal, arbitrario y vulneratorio de sus garantías de igualdad ante la ley, libertad de trabajo y propiedad, contenidas, respectivamente, en los numerales 2º, 16º y 24º del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Sostiene que tales descuentos se dispusieron sin mediar un procedimiento administrativo previo y sin haber otorgado la oportunidad de formular sus descargos. Solicita la restitución íntegra de las sumas descontadas, que se ordene a la recurrida abstenerse en lo sucesivo de adoptar medidas de similar naturaleza y declarar que cualquier consecuencia jurídica derivada de los actos administrativos cuestionados debe estar precedida de una evaluación individualizada, que garantice el derecho a ser oído, a formular descargos y a presentar antecedentes, de conformidad con los principios de contradicción, razonabilidad y proporcionalidad. 2º) La recurrida fue notificada por correo electrónico de 30 de julio de 2025, resolviéndose el 27 de agosto pasado, atendido el tiempo transcurrido, prescindir de su informe y, el 17 de septiembre, traer los autos en relación. 3º) El recurso de protección de garantías constitucionales, previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional, cuyo propósito consiste en obtener de los tribunales superiores de justicia, una tutela eficaz y eficiente para salvaguardar la integridad de los derechos fundamentales que aquella norma contempla. Al conocer un recurso de protección,

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Nancy Uberlinda Vargas Carrasco en contra de la Ilustre Municipalidad de Osorno. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-664-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, dos de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Nancy Uberlinda Vargas Carrasco, docente, domiciliada en la comuna de Osorno, interpone acción constitucional de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Osorno, representada por su alcalde Jaime Alberto Bertín Valenzuela, domiciliados en la misma comuna, entidad que instruyó descuentos en sus remuneraciones

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