JUZGADO DE GARANTIA DE OSORNO

MP C/ MAURICIO FABIAN ALVARADO NEIRA

Rol

Fecha

2 de octubre de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y estimando que no ha variado las circunstancias que se tuvieron en vista al fijar la prisión preventiva, se REVOCA la resolución apelada de treinta de septiembre de dos mil veinticinco y, en consecuencia, se ordena mantener la prisión preventiva del imputado por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Ricardo Hernández Medina, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que desarrolla en la audiencia. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y estimando que no ha variado las circunstancias que se tuvieron en vista al fijar la prisión preventiva, se REVOCA la resolución apelada de treinta de septiembre de dos mil veinticinco y, en consecuencia, se ordena mantener la prisión preventiva del imputado por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante Sr. Ricardo Hernández Medina, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, en virtud de los fundamentos que constan en el respectivo registro de audio. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1272–2025 Penal. La Ministra de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 2 de octubre de 2025. Daniela Verdugo Pulgar Relatora En Valdivia, dos de octubre de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DOS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, PARA LA VISTA –POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 25007987184–5, RIT 2184–2024. ROL CORTE 1272–2025. Siendo las 09:06 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de los Ministros Sr. Samuel Mu

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