JUZGADO DE GARANTIA DE CURACAVI

MP. C/ CRISTIAN HERNÁN ÁLVAREZ CAMUS.

Rol

Fecha

2 de octubre de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes aparece que, en el actual estadio procesal, no es posible desvirtuar la concurrencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación del imputado en el mismo, por lo que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración para decretar la prisión preventiva en su oportunidad. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad, naturaleza y carácter del delito, bien jurídico protegido, forma de comisión, actuación en grupo o pandilla, la circunstancia de registrar una condena por un delito de la misma especie y la existencia de una causa vigente por un ilícito similar, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de treinta de septiembre del año en curso, dictada en los autos RIT 1355-2024 por el Juzgado de Garantía de Curacaví y, en su lugar, se declara que se mantiene la prisión preventiva del imputado Cristián Hernán Álvarez Camus. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Cruz, quien fue del parecer de confirmar la referida resolución en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 3232-2025 Penal

Fallo

se declara que se mantiene la prisión preventiva del imputado Cristián Hernán Álvarez Camus. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Cruz, quien fue del parecer de confirmar la referida resolución en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 3232-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dos de octubre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 3232-2025 Penal Ruc: 2401049998-0 RIT: 1355-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Curacaví Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas, señora Alondra Castro Jiménez y abogado integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida Relator: Emil Ibarra Sáez Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Nicolás Rodríguez Defensa: H

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