JUZGADO DE GARANTIA DE CURACAVI

MP C/ VANESSA NATALIA ESTER OLIVARES LOBOS.

Rol

Fecha

2 de octubre de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes que se conocen y lo expuesto en audiencia, aparece que, en este estadio procesal, concurren los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con el delito por el que se formalizó la investigación y la eventual participación de la imputada en el mismo. En cuanto a la necesidad de cautela, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada al delito, carácter del mismo, bien jurídico protegido, forma de comisión y el hecho de haber actuado en pluralidad de partícipes, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veinticinco de septiembre del año en curso, dictada en los autos RIT 735-2025, por el Juzgado de Garantía de Curacaví, que decretó la prisión preventiva de la imputada Vanessa Natalia Ester Olivares Lobos. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Cruz, quien fue del parecer de revocar la referida resolución e imponer medidas cautelares de menor intensidad consistentes en arresto domiciliario nocturno, arraigo nacional y firma semanal por ser estas suficientes para satisfacer la necesidad de cautela. Comuníquese y devuélvase, vía interconexión. N°3231-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dos de octubre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 3231-2025 Penal Ruc: 2500534094-5 RIT: 735-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Curacaví Integrantes: Ministros señor Danilo Quezada Rojas, señora Alondra Castro Jiménez y abogado integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida Relator: Emil Ibarra Sáez Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Nicolás Rodríguez Defensa: He

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