INTSAN CHILE SPA / PRIMER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE LAS CONDES
Rol
Fecha
1 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Andrés Sepúlveda Díaz, en representación de Intsan Chile SpA, parte demandada en autos seguidos ante el 1° Juzgado de Policía Local de Las Condes, sobre denuncia infraccional a la Ley N°19.496 de Protección a los Derechos del Consumidor, en los autos Rol 171.593-2024, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 1 de julio de 2025, que declaró inadmisible la apelación que dedujo en contra de la sentencia definitiva de fecha 4 de marzo de 2025, por estimar el tribunal que el procedimiento debía tramitarse en única instancia conforme al inciso séptimo del artículo 50 H de la Ley N°19.496. Sostiene que dicha resolución incurre en error evidente, toda vez que el propio demandante solicitó expresamente el pago de una indemnización por $1.518.960 o lo que el tribunal estimare conforme a derecho, más intereses, reajustes y costas, monto que por sí solo excede el límite legal. Adicionalmente, señala que en el petitorio de la querella infraccional se solicitó la imposición del máximo de multa contemplado en el artículo 24 de la Ley 19.496, esto es, 300 unidades tributarias mensuales. Agrega que resulta aplicable el artículo 121 del Código Orgánico de Tribunales, conforme al cual, cuando en una misma demanda se entablan varias acciones, la cuantía se determina por el monto total de todas ellas. Sostiene además que la fórmula abierta utilizada en el petitorio tornó indeterminada la apreciación pecuniaria, debiendo considerarse la causa de cuantía superior a 25 UTM según lo dispuesto en el propio artículo 50 H inciso séptimo. En definitiva, solicita que se se concede el recurso de apelación interpuesto el 30 de junio de 2025, con costas. SEGUNDO: Que al evacuar informe, el juez titular don Cristián Arévalo Araneda, señala que el recurso fue interpuesto por el abogado Andrés Sepúlveda Díaz, actuando en representación de Intsan Chile SpA, en causa sobre infracción a la Ley N°19.496 sobre Pro
Fundamentos
fundamentos de la denegación, el tribunal a quo precisa que la cuantía se determinará de acuerdo al monto de lo denunciado o demandado por el consumidor, sin considerar para estos efectos el monto de la multa aplicable, y que las causas que versen sobre materias que no tienen una determinada apreciación pecuniaria se considerarán para estos efectos de cuantía superior a veinticinco unidades tributarias mensuales. Afirma que el consumidor interpuso demanda civil de indemnización de perjuicios en contra de Intsan Chile SpA por la suma de $1.518.960 y agregó en el petitorio la clásica frase "...o las suma que S.S. estime conforme a derecho", más intereses, reajustes y costas. Expresa que, al proveer el escrito de querella y demanda, el tribunal fijó la cuantía de la causa en la suma demandada de $1.518.960, resolución que no fue objeto de reproche alguno por parte del recurrente de hecho. Estima que, en este caso, la cuantía está determinada y que la interpretación contraria llevaría al extremo de entender que la mayor parte de las demandas de cobro de pesos que se deducen ante los tribunales del país serían de cuantía indeterminada, toda vez que es muy usual que los demandantes recurran a la fórmula utilizada por el actor de autos para otorgar al tribunal libertad para no conceder la totalidad de lo pedido sino sólo aquellas sumas que resultan probadas, sin que por eso deba entenderse que la cuantía no quede fijada en los libelos respectivos. TERCERO: Que la resolución denunciada corresponde a la de fecha 1 de julio de 2025, en virtud de la cual se denegó el recurso de apelación interpuesto por improcedente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 H) inciso final de la Ley N° 19.496. CUARTO: Que el artículo 50 H) inciso final de la Ley N° 19.496 dispone que: “Las causas cuya cuantía no exceda de veinticinco unidades tributarias mensuales se tramitarán como procedimiento de única instancia, por lo que todas las resoluciones que se dicten en él serán inapelables. La cuantía se determinará de acuerdo al monto de lo denunciado o demandado por el consumidor, sin considerar para estos efectos el monto de la multa aplicable. Las causas que versen sobre materias que no tienen una determinada apreciación pecuniaria se considerarán para estos efectos de cuantía superior a veinticinco unidades tributarias mensuales”. QUINTO: Que resultan ser hechos no controvertidos que, en el mes de diciembre de 2024, la consumidora demandó la suma de $1.518.960 data en que la UTM ascendía a $67.294, correspondiendo
Fallo
por tanto lo denunciado a 22,57199750349214 unidades tributarias mensuales. SEXTO: Que claramente conforme a la lectura de la norma antes citada, la cuantía se determina de acuerdo “al monto de lo denunciado o demandado por el consumidor”, suma inferior a la prevista en el artículo 50 letra H) de la Ley N° 19.496, esto es, a las 25 unidades tributarias mensuales requeridas para declarar admisible el presente arbitrio. SÉPTIMO: Que al respecto sólo cabe concluir que la negativa del tribunal a quo recurrido, en orden a no conceder la apelación impetrada se encuentra ajustada a derecho, debiendo por tanto desestimarse el arbitrio deducido. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, artículo 5 de la ley 20.009, artículo 50 H de la Ley 19.496: SE RECHAZA el recurso de hecho. deducido por el abogado Andrés Sepúlveda Díaz, en representación de Intsan Chile SpA, en contra de la resolución de uno de julio de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, en autos bajo el Rol N°171.593-2024. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Policia Local-2529-2025 (Hecho) En Santiago, uno de octubre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, uno de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Andrés Sepúlveda Díaz, en representación de Intsan Chile SpA, parte demandada en autos seguidos ante el 1° Juzgado de Policía Local de Las Condes, sobre denuncia infraccional a la Ley N°19.496 de Protección a los Derechos del Consumidor, en los autos Rol 171.593-2024, in
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