SIN INFORMACION

TORRES DOMÍNGUEZ, JOCELYN MARISIL/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL-COMPIN

Rol

Fecha

1 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña Jocelyn Marisil Torres Domínguez, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, representada por su Superintendente don Claudio Lautaro Reyes Barrientos, fundado en que dicha autoridad ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario al dictar la Resolución Exenta N°R-01-S-96858-2025, de 14 de julio de 2025, que confirmó el rechazo de las licencias médicas N°114038147-7 extendida por un total de 60 días, entre el 10 de Febrero de 2025 y el 10 de Abril de 2025; y el rechazo de la licencia médica Nº116749448-6 extendida por un total de 30 días, entre el 11 de Abril de 2025 y el 10 de Mayo de 2025, por estimar que el reposo prescrito no se encontraba justificado, alegando vulneración a las garantías establecidas en el artículo 19 N°1 y 24 de la Constitución Política de la República. Sostiene que la Superintendencia de Seguridad Social dispuso en la resolución impugnada; “Esta conclusión se basa en que los antecedentes médicos y administrativos evaluados, no permiten establecer la existencia de incapacidad laboral más allá de los 800 días de reposo, ya autorizado por la misma patología. “Que, el nuevo informe médico aportado de fecha 02-06-2025 no describe la evolución del cuadro, el grado de compromiso funcional que impide su desempeño laboral, el abordaje terapéutico y los ajustes realizados de acuerdo a su evolución ni fecha probable de alta. Además, el informe de kinesioterapia no acredita sesiones durante el periodo apelado. Por lo tanto, no es posible desprender el rol terapéutico para el periodo apelado.” Refiere, como antecedentes previos, que su situación se inicia en 2023, a los 31 años, cuando tras su desvinculación laboral conoce de un embarazo no planificado y de alto riesgo; desde el primer mes permanece con licencia médica y, al tercer mes, se le diagnostica una afección severa en la cadera izquierda. Indica que, pese a tratamientos paliativos, el d

Fundamentos

fundamentos contenidos en Resolución Exenta N° R-01-S-96858-2025, de fecha 14 de julio de 2025.” Indica que la Superintendencia estudió mediante sus especialistas los antecedentes del caso Dra. María Fernanda Lagos. Ficha Médica (…) Fundamentos de la resolución: mujer de 33 años con 810 días de reposo autorizado, reclama por 90 días rechazados, emitidos por traumatología, libre elección. nuevo informe médico aportado de fecha 02-06-2025 escueto, no describe la evolución del cuadro, el grado de compromiso funcional que impide su desempeño laboral, el abordaje terapéutico y los ajustes realizados de acuerdo a su evolución, sin fecha probable de alta. informe de knt no acredita sesiones durante el periodo apelado. Sugiero mantener rechazo, no es posible desprender el rol terapéutico para el periodo apelado. Hace referencia al marco jurídico-normativo que regula la materia de la presente Acción de Protección. Afirma que, no existe acto ilegal o arbitrario de parte de la Superintendencia de Seguridad Social, pues se limitó a resolver la situación de la Sra. Torres, dentro del ámbito de su competencia, tampoco ha existido, en la especie, vulneración o amenaza al derecho a la vida e integridad física y psíquica, ni menos se ha infringido o vulnerado el derecho de propiedad de la recurrente, reconocidos a todas las personas en el artículo 19 N°s 1 y 24 de la Constitución Política de la República, como tampoco ningún otro derecho garantizado por la referida Carta Fundamental.

Fallo

Por lo expuesto pide, dejar sin efecto la Resolución Exenta N°R‑01‑S‑96858‑2025 y disponer la dictación de los actos administrativos que aprueben y ordenen el pago, por quien corresponda, de los subsidios derivados de las licencias N° 114038147‑7 y N° 116749448‑6, sin perjuicio de todas las demás medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas.  Acompaña los siguientes documentos 1) Resolución Exenta N°R‑01‑S‑96858‑2025; 2) Epicrisis y egreso puerperio; 3) Resonancia magnética de cadera izquierda; 4) Citación a infiltración articular; 5) Informe traumatológico; 6) Informe traumatológico; 7) Certificado reumatológico; 8) Informe kinesiológico; 9) Informe clínico adicional; 10) Radiografías de pelvis. SEGUNDO: Que, evacuó informe Roberto Barraza Saavedra, Abogado, en representación de la recurrida la Superintendencia De Seguridad Social. Solicita, en primer lugar, se declare la improcedencia de la presente Acción de Protección por cuanto la materia sobre la que realmente versa dice relación con un derecho perteneciente al sistema de seguridad social, establecido en el numeral 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que no está amparado por la acción cautelar que motiva estos autos. En subsidio, informa en cuanto al fondo del asunto. En cuanto a las justificaciones Médico-Administrativas, señala que consta en el expediente de autos que la Sra. Torres recurrió ante esa Superintendencia, mediante presentación de fecha 04 de junio

Texto Completo (Preview)

Torres Domínguez, Jocelyn Marisil Superintendencia de Seguridad Social Recurso de protección Rol N° 1438-2025 La Serena, uno de octubre de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña Jocelyn Marisil Torres Domínguez, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, representada por su Superintendente don Claudi

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