SIN INFORMACION

BO LIND KNUDSEN / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

1 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece BO LIND KNUDSEN, cédula nacional para extranjeros N° 14.632.174-7, de nacionalidad danesa, domiciliado en Fundo Santa Rosa, Sagrada Familia quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República interpone recurso de ampara en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES por haber dictado la resolución exenta N°25320210 de 6 de junio de 2025, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, En relación con los hechos fundantes señala que ingresó a Chile el año 1994 permaneciendo hasta el año 2006, después regresó el año 2017. Mantiene vínculos con su ex esposa en Chile. Indica que el Servicio Nacional de Migraciones rechazó su solicitud de visa permanente por que el certificado de antecedentes de su país de origen Dinamarca, no se “pasó” (sic) por Ministerio de Relaciones Exteriores, debidamente apostillado y traducido. Refiere que tuvo residencia definitiva desde 1997 hasta 2006 y su última residencia vigente fue hasta el año 2022. En los últimos trámites le ayudó un sobrino político que no le informó de los distintos correos que el Servició le mandó. Es una persona de 72 años, me cuesta mucho entender todo el español y me manejo mal en internet. Añade que no quiso incumplir ninguna norma de Chile, esta situación se complicó por desconocimiento. Se encuentra llano a cumplir con lo que le soliciten.

Fallo

Por tanto, en razón de todo lo anterior, solicita se acoja el recurso de amparo y en definitiva se le permita completar la solicitud de residencia definitiva ante el Servicio [Nacional de Migraciones, y que posterior a ello, su solicitud sea reevaluada, como también dejar sin efecto la orden de abandono en su contra, dispuesta en resolución exenta N° 25320210 de 6 de junio de 2025. SEGUNDO: Que, comparece el abogado Juan De Dios Cardemil Palacios en representación del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, evacuando el informe y solicitando el rechazo del recurso de ampato, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, debiendo ser considerada como improcedente toda vez que no existe acto u omisión arbitrario o ilegal por parte de esta autoridad que prive perturbe o amenace el legítimo ejercicio de la recurrente respecto de las garantías constitucionales de libertad personal y seguridad individual. Indica que el 3 de mayo de 2023 la persona extranjera Bo Lind KNUDSEN, solicitó residencia definitiva mediante solicitud ID N°56167164. Que, mediante comunicación electrónica, se informó a la persona extranjera respecto de las razones que sirven de fundamento al rechazo de su solicitud de acuerdo a lo previsto en el artículo 91 de la Ley N°21.325, otorgándole un plazo de 10 días para presentar antecedentes respecto de la causal de rechazo invocada por esta autoridad. Al respecto se le solicitó realizar descargos respecto de no adjuntar el

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Talca, uno de octubre de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece BO LIND KNUDSEN, cédula nacional para extranjeros N° 14.632.174-7, de nacionalidad danesa, domiciliado en Fundo Santa Rosa, Sagrada Familia quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República interpone recurso de ampara en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRAC

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