VÁSQUEZ/ELECSAM INGENIERIA Y CONSTRUCCION SPA
Rol
Fecha
1 de octubre de 2025
Materia
ART. 19 Nº 1 CPR. DERECHO A LA VIDA Y LA INTEGRIDAD
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que la parte demandante no ha solicitado la medida precautoria de retención en la forma que establece la ley, esto es, indicando bienes determinados sobre los cuales ella ha de recaer, como prescribe el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de otros derechos, se confirma, en lo apelado, la resolución de veinte de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT T-2673-2025. Sin perjuicio de lo resuelto, el tribunal oficiará a las instituciones bancarias indicadas en la solicitud, requiriendo información sobre la existencia de cuentas corrientes u otros productos bancarios a nombre de la demandada, resolviendo, con su mérito y en su oportunidad, lo pedido. Comuníquese. N° Laboral - Cobranza-3158-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: Que la parte demandante no ha solicitado la medida precautoria de retención en la forma que establece la ley, esto es, indicando bienes determinados sobre los cuales ella ha de recaer, como prescribe el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil, y sin perjuicio de otros derechos, se confirma, en lo apelado, la resoluci
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