FISCALIA IQUIQUE CONTRA CARLOS DAVID CAISACHANA VARAS
Rol
Fecha
1 de octubre de 2025
Materia
SOBORNO.ART. 250. PERSONA NATURAL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Iquique, uno de octubre de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Lo expuesto por los intervinientes, y compartiendo los
Fundamentos
fundamentos esgrimidos por el Tribunal a quo, por cuanto los antecedentes de la causa, en especial los informes del Centro de Reinserción Social, revelan un incumplimiento múltiple, grave e injustificado de la pena sustitutiva impuesta al sentenciado, lo que se evidencia por la falta de presentación a la reclusión parcial -de la cual solo cumplió 20 noches-, el no pago de la totalidad de las multas y la inejecución de los trabajos comunitarios; en ese sentido, las alegaciones esgrimidas, relativas a la proporcionalidad de la sanción y la aplicación del principio de ultima ratio de la pena, son desestimadas al constatar el incumplimiento reiterado y en diversos ámbitos de las modalidades sustitutivas concurrentes, y lo dispuesto en los artículos 25 y siguientes de la Ley 18.216 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia de dieciséis de septiembre de dos mil veinticinco que revocó la pena sustitutiva respecto del sentenciado CARLOS DAVID CAISACHANA VARAS. Devuélvase. Rol N°698-2025 Penal.
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Iquique, uno de octubre de dos mil veinticinco. VISTO, OÍDO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: Lo expuesto por los intervinientes, y compartiendo los fundamentos esgrimidos por el Tribunal a quo, por cuanto los antecedentes de la causa, en especial los informes del Centro de Reinserción Social, revelan un incumplimiento múltiple, grave e injustificado de la pena sustitutiva impuesta al sentenciado, lo q
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