JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

NN C/ JONATAN EDUARDO DELGADO AGUILAR

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía Puerto Montt, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Fabiana Yoliber Hernández Aro, por otras de menor intensidad. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que se atribuye a la imputada, lo cual no fue cuestionado por la defensa. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza de los delitos por los cuales fue formalizada la presente investigación, consistentes en un delito de tráfico ilícito de drogas del artículo 3° de la Ley 20.000 y un delito de asociación ilícita del artículo 292 del Código Penal, la forma de comisión, la pena de crimen asociada al delito de tráfico, la prognosis de pena y su eventual forma de cumplimiento en caso de condena, se configura un peligro para la seguridad de la sociedad y de los fines del procedimiento que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva. 4°) Que, por otro lado, el nuevo antecedente acompañado por la defensa, consistente en el informe de visitas de la imputada emitido por Gendarmería de Chile, no es de la entidad suficiente para modificar sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en consideración al momento de decretarse la prisión preventiva. A su vez, sus circunstancias familiares, ya habían sido analizadas anteriormente por esta corte en base al informe social que ya fue presentado por la defensa en su momento. Por estas consid

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155, y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco, dictada por el juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, Rolando Díaz Coloma, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Fabiana Yoliber Hernández Aro, y en su lugar, se decreta que se mantiene su prisión preventiva. Devuélvase. Rol Penal 1185-2025.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía Puerto Montt, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Fabiana Yoliber Hernández Aro, por otras de menor intensidad. 2°) Que, d

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