SIN INFORMACION

PIZARRO/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Sergio Fabián Pizarro Escobar, deduciendo acción de protección constitucional contra Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el descuento en sus remuneraciones de septiembre de 2024 a enero de 2025, aun cuando la deuda se encuentra judicializada, vulnerando con ello el derecho de propiedad garantizado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política, por lo que solicita que se ordene el cese de descuentos y el reembolso de lo descontado, con costas. Expone que el 24 de abril de 2013 contrajo un crédito social con la recurrida por un capital inicial de $1.540.325, pagadero en 60 cuotas mensuales. Sin embargo, transcurridos algunos meses y por

Fundamentos

motivos ajenos a su voluntad, cayó en mora desde la cuota N° 5, por lo que la recurrida hizo uso de la cláusula de aceleración interponiendo demanda ejecutiva el 24 de septiembre de 2015, causa rol N° C-10443-2015 del 28° Juzgado Civil de Santiago. No obstante ello, se efectuaron descuentos de $119.463 en septiembre, octubre y noviembre de 2024, y $29.867 en diciembre 2024 y enero 2025, sin justificación del cálculo ni fundamento legal. Argumenta que el artículo 22 de la Ley N° 18.833 faculta a las Cajas de Compensación para efectuar descuentos por planilla, sin embargo, ello no implica ejercer sus atribuciones de forma arbitraria. Asimismo, aduce que la ilegalidad se configura al mantener descuentos directos mientras persigue el total de la deuda judicialmente mediante cláusula de aceleración, generando un sistema de doble cobro sin sustento jurídico. Por su parte, cita jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, donde se estableció la arbitrariedad de efectuar descuentos con posterioridad al inicio de demanda ejecutiva, constituyendo vías independientes de cobro que vulneran el derecho de propiedad. En cuanto a la afectación constitucional, sostiene que se vulnera el derecho de propiedad sobre su remuneración, privándolo de $918.123 entre septiembre de 2024 y enero de 2025, suma que aumenta con cada nuevo descuento mensual.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el recurso y se declare arbitrario e ilegal el actuar de la recurrida, ordenándose el cese de descuentos, el reembolso de lo descontado y condenándose en costas a la recurrida. Segundo: Que, se evacúa informe por Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes solicitando el rechazo del recurso por falta de oportunidad. En primer término da cuenta del crédito social otorgado al recurrente y las condiciones del mismo, precisando que con fecha 21 de noviembre de 2016, el recurrente efectuó una reprogramación de la deuda por la suma de $2.234.546, con una tasa de interés del 2,20%, pagadera en 60 cuotas de $68.265, cuyo primer vencimiento correspondió al 31 de diciembre de 2016. Indica que las cuotas de los meses de diciembre de 2016 a agosto de 2017 fueron pagadas entre el 10 de enero de 2017 y el 10 de febrero de 2025. Afirma que, a la fecha del informe, la operación de crédito se encuentra en cobranza judicial, manteniendo en estado moroso las cuotas de los meses de septiembre de 2017 a noviembre de 2021. Sostiene que no existe acto ilegal o arbitrario que pueda imputársele, argumentando que los descuentos para el pago de cuotas de crédito social son informados al empleador del deudor de acuerdo al mecanismo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 18.833. Por otra parte, señala que se encuentra efectuando el cobro de una deuda cuya acción de cobro no ha sido declarada prescrita. En dicho sentido, argumenta que la única f

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Sergio Fabián Pizarro Escobar, deduciendo acción de protección constitucional contra Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el descuento en sus remuneraciones de septiembre de 2024 a enero de 2025, aun cuando

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