VÁSQUEZ SALDÍA/NUEVA MASVIDA S.A
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Eduardo Andrés Vásquez Saldía, médico cirujano, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Nueva Masvida S.A., impugnando como acto ilegal y arbitrario el incremento del precio de su plan de salud aplicado con motivo de la incorporación de su hijo por nacer como nueva carga familiar, lo que —sostiene— se tradujo en un alza desde 8,050 UF a 9,620 UF aproximadamente, bajo la invocación de “cláusulas especiales” asociadas a su condición de médico y a la incorporación del recién nacido. Expone el recurrente que, con fecha 30 de enero de 2025, informó a la Isapre el embarazo de su cónyuge (37 semanas) y solicitó agregar a su hijo como beneficiario mediante FUN; que la Isapre condicionó dicha incorporación a un mayor precio del plan; que ello carece de sustento legal y es discriminatorio, invocando la sentencia del Tribunal Constitucional Rol N° 1710-10 (06.08.2010) que declaró inconstitucional la habilitación legal para tablas de factores por edad y sexo, así como jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema que impide alzar planes por la sola incorporación de recién nacidos (entre otros, roles 58.873-2016 y 317-2019). Agrega que las contingencias del parto y nacimiento se encuentran cubiertas por la Ley N° 19.966 (GES), por lo que un recargo específico deviene irrazonable. Estima conculcadas las garantías del art. 19 N° 2 (igualdad), N° 9 (libertad de elección en salud) y N° 24 (propiedad). Solicita acoger el arbitrio, ordenar no cobrar precio adicional por la incorporación del hijo —o, en subsidio, abstener multiplicar el precio base por factores de riesgo—, con costas. Segundo: Que la recurrida Isapre Nueva Masvida S.A., al evacuar su informe, solicita el rechazo del recurso, exponiendo, en síntesis: (i) que el actor se encuentra afiliado desde el 01 de mayo de 2017 a un plan grupal “MAS2005”, el cual no utiliza tabla de factores por edad/sexo, sino que contempla precio por integrante; (ii) que no h
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se resuelve que se rechaza el recurso de protección deducido por Eduardo Andrés Vásquez Saldía en contra de Isapre Nueva Masvida S.A. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección-2817-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Eduardo Andrés Vásquez Saldía, médico cirujano, interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Nueva Masvida S.A., impugnando como acto ilegal y arbitrario el incremento del precio de su plan de salud aplicado con motivo de la incorporación de su hijo por nacer c
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