SMITH/DIRECCION NACIONAL DE CARABINEROS DE CHILE
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Jorge Patricio Sandoval Pinilla, abogado, en representación de Rosa Milagro Smith Silva, quien interpone recurso de protección en contra Yamile Anita Rojo Torrico, Coronel, en su calidad de Jefe Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile y en contra de Carabineros de Chile, por rechazar mediante Resolución N°106 del Departamento de Pensiones de Carabineros, el beneficio de montepío a la recurrente, por su condición civil. Actuación que considera ilegal y arbitraria, vulnerando con ello los derechos fundamentales de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 Nº2 de la Constitución Política de la República. Expuso que convivió con Juan Luciano Soto Astete, Sargento 1° (R) de Carabineros, desde 1976 hasta su fallecimiento en 2023, naciendo de esa relación seis hijos reconocidos. Añade, que durante la convivencia se dedicó al cuidado del hogar y vivía a expensas del causante y que su estado civil al fallecer éste era divorciada. Sostuvo que el 30 de agosto de 2024 solicitó pensión de montepío conforme al artículo 24 de la Ley N°15.386 ante Carabineros de Chile, en su calidad de madre de hijos no matrimoniales del causante, solicitud que fue rechazada mediante Resolución N°106 de 4 de noviembre de 202, por no cumplir el requisito legal de ser soltera o viuda, ya que mantiene estado civil de divorciada. Refiere que el acto recurrido, esto es, la Resolución N°106 del Departamento de Pensiones de Carabineros, que denegó el montepío por la condición civil de la recurrente, es arbitraria, pues el acto distingue entre madres solteras/viudas y divorciadas, negando el beneficio a estas últimas sin justificación objetiva ni razonable. Alega que la situación de divorciada de la recurrente, es homologable a la de soltera o viuda, pues igualmente carece de vínculo matrimonial vigente y vivía a expensas del causante. En ese sentido, tal distinción carece de fundamento racional y vulnera la igualdad ante la ley consag
Fallo
por tanto acogerla. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge la acción de protección en favor de doña Rosa Milagro Smith Silva, en contra de la Dirección Nacional de Carabineros de Chile y Yamile Anita Rojo Torrico en calidad de Jefa del Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile, debiendo esta institución adoptar la decisión que en derecho corresponda, teniendo presente para ello que la calidad de “soltera o viuda” es plenamente homologable a la de “divorciada” de un matrimonio previo a la convivencia que mantuvo con el causante. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. Protección N° 24.224-2024.- Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por el Ministro (I) señor Pablo Toledo González y el Abogado Integrante señor Manuel Luna Abarza.
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Proveyendo los escritos folios 31 y 32: téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Jorge Patricio Sandoval Pinilla, abogado, en representación de Rosa Milagro Smith Silva, quien interpone recurso de protección en contra Yamile Anita Rojo Torrico, Coronel, en su calidad de Jefe Departamento de Pensiones de Carabineros
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