GONZÁLEZ/BLURIVER SPA
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y estimándose que los nuevos hechos cuya incorporación a la interlocutoria de prueba solicitan Salmones Blumar Magallanes SpA y Transportes Navsur Ltda, se encuentran comprendidos dentro de aquellos fijados por el tribunal de primera instancia, se rechazará la correspondiente apelación. En cuanto a la modificación del sexto punto de prueba, solicitada por Inversiones Travisur Ltda, se considera que el hecho fijado en la resolución recurrida se adecúa a los términos de la controversia, teniendo presente para ello lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, así como en el resto de los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos fijados por el tribunal a quo. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma en lo apelado, sin costas de la instancia, la resolución de fecha nueve de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, que recibió la causa a prueba y fijó los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. No firma el Ministro don Patricio Rondini Fernández-Dávila, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse en comisión de servicio. Devuélvase. Rol Civil N°1618-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma en lo apelado, sin costas de la instancia, la resolución de fecha nueve de octubre de dos mil veinticuatro, dictada por el Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, que recibió la causa a prueba y fijó los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. No firma el Ministro don Patricio Rondini Fernández-Dávila, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por encontrarse en comisión de servicio. Devuélvase. Rol Civil N°1618-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos: El mérito de los antecedentes y estimándose que los nuevos hechos cuya incorporación a la interlocutoria de prueba solicitan Salmones Blumar Magallanes SpA y Transportes Navsur Ltda, se encuentran comprendidos dentro de aquellos fijados por el tribunal de primera instancia, se rechazará la correspondiente apelación. En cuanto a l
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