SIN INFORMACION

MELO/AFP PROVIDA S.A.

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente PRIMERO: Que comparece Anderson Yesid Melo Pineda, de nacionalidad colombiana, técnico, interponiendo recurso de protección en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A., por haber rechazado su solicitud de devolución total de fondos previsionales acogida a la Ley N°18.156, bajo el argumento de que su título técnico profesional obtenido en Colombia correspondería a una formación para el trabajo que no sería equivalente a un título de formación técnica profesional. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que la normativa aplicable no establece distinciones ni requisitos adicionales respecto de la calidad técnica del trabajador extranjero más allá de acreditar conocimientos especializados debidamente legalizados, vulnerando con ello el derecho fundamental a la propiedad consagrado en el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la República, que garantiza a todas las personas el dominio sobre sus bienes corporales e incorporales y las facultades esenciales de uso, goce y disposición sobre los mismos, por lo que solicita se acoja el presente recurso y se ordene a la recurrida la devolución íntegra de sus fondos previsionales. Expone que en su país de origen cursó estudios de la carrera de técnico en desarrollo de operaciones logística en la cadena de abastecimiento en el Servicio Nacional de Aprendizaje "SENA", institución de la cual se tituló en el año 2017. Posteriormente, motivado por diversas oportunidades laborales, decidió trasladarse a Chile para desarrollar su actividad profesional en territorio nacional. Así, durante el año dos mil dieciocho, encontrándose su situación migratoria regularizada, celebró contrato de trabajo manifestando mediante anexo contractual de fecha 7 de febrero de 2024 su voluntad expresa de acogerse a las disposiciones de la Ley N°18.156, manteniéndose de este modo afiliado al sistema de seguridad social y previsional de su país de origen, Colombia. Relata que a la fecha se

Fundamentos

considerando entre otros criterios, la demanda del sector productivo y social, la oferta existente y los requerimientos de calidad". A su vez, el artículo 50 establece: "Educación formal. El Gobierno Nacional podrá señalar los requisitos necesarios para que los egresados del SENA puedan ingresar a los programas de educación superior".

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se restablezca el imperio del derecho, ordenando a la Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A. entregar al recurrente la totalidad de sus fondos previsionales, sin perjuicio de las medidas o condiciones que la Ilustrísima Corte determine como mejores en favor del recurrente, con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que, informa la Administradora de Fondos de Pensiones ProVida S.A., representada legalmente por su apoderado, el abogado Daniel Santoni, quien solicita el rechazo de la acción constitucional, en todas sus partes. En primer término, plantea la improcedencia formal de la acción cautelar intentada, argumentando que el recurso de protección no constituye la vía idónea para resolver materias que, por su naturaleza y complejidad, requieren de un procedimiento de lato conocimiento y de carácter contradictorio. En subsidio de lo anterior, sostiene que su actuación ha sido plenamente ajustada a derecho, negando categóricamente haber incurrido en actos u omisiones ilegales o arbitrarios que pudieran vulnerar las garantías constitucionales invocadas por el recurrente. En efecto, esgrime que su actuación se encuentra sometida a las instrucciones y fiscalización de la Superintendencia de Pensiones, organismo técnico encargado de ejercer la supervigilancia de todas las Administradoras de Fondos de Pensiones, resultando imperativo para ProVida observar rigurosamente todas y cada una de

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Al folio 22: téngase presente. Vistos y teniendo presente PRIMERO: Que comparece Anderson Yesid Melo Pineda, de nacionalidad colombiana, técnico, interponiendo recurso de protección en contra de Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A., por haber rechazado su solicitud de devolución total de fondos previsionales a

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