JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LAJA

MP C/ KEVIN ALEXANDER LEONEL ESCOBAR VALDEBENITO

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: 1°.- Esta Corte comparte las conclusiones fácticas y jurídicas de la jueza a quo relativas al hecho 1, esto es, el robo en lugar habitado, pues existen antecedentes, si bien preliminares, suficientes para dar por establecida la forma de ingreso y la dinámica del suceso, mediante un proceso inferencial que se obtiene desde los indicios consistentes en las declaraciones de la víctima, su pareja y un vecino que relata este aspecto, unido a las imágenes provenientes de unas cámaras de seguridad ubicadas en el inmueble de que se trata, que captaron la salida del imputado escalando el cierre perimetral, todo lo cual hace plausible, a su vez, la calificación jurídica propuesta por el ente persecutor en la formalización. 2°.- En atención a lo anterior, al imputado se le atribuyen dos ilícitos, a saber, un robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, frustrado y un hurto tentado, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal, imputación que, como se dijo, es atendible y que en atención a la penalidad probable del primero de los ilícitos, la circunstancia de haber sido condenado anteriormente por delitos de la misma especie y tener causa pendiente con medida cautelar vigente, permiten concluir que la libertad de Kevin Escobar Valdebenito constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y que este riesgo sólo puede ser cubierto en la especie por la medida de prisión preventiva. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiuno de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en audiencia por el Juzgado de Letras y Garantía de Laja en los autos RIT 542-2025, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Kevin Alexander Leonel Escobar Valdebenito. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. Rol N° 1537-2025 Penal.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiuno de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en audiencia por el Juzgado de Letras y Garantía de Laja en los autos RIT 542-2025, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Kevin Alexander Leonel Escobar Valdebenito. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. Rol N° 1537-2025 Penal.

Texto Completo (Preview)

RDM/mfmm Concepción, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO: 1°.- Esta Corte comparte las conclusiones fácticas y jurídicas de la jueza a quo relativas al hecho 1, esto es, el robo en lugar habitado, pues existen antecedentes, si bien preliminares, suficientes para dar por establecida la forma de ingreso y la dinámica del suceso, mediante un proceso inferencial que se obtiene desde l

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