DÍAZ /ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece el abogado Rafael Castro Meza, en representación de la Junta de Vecinos A-6 Manquehue y de 47 propietarios -vecinas y vecinos- del sector de la calle Camoens en la comuna de Vitacura, a quienes individualiza en su recurso e interpone reclamo de ilegalidad de conformidad a lo dispuesto en el artículo 151 letra d) de la Ley Orgánica de Municipalidades, en contra de la I. Municipalidad de Vitacura representada legalmente por su Alcaldesa doña Camila Merino Catalán, por el acto que estima ilegal consistente en el Decreto Ex. N°412333 de 20 de octubre de 2023, que resuelve el reclamo de ilegalidad municipal que interpusieron los vecinos el 5 de junio de 2023, omitiendo adoptar una decisión respecto de la cuestión planteada, esto es, invalidar el Permiso de Edificación N°57/2023. Solicita que se deje sin efecto dicho acto administrativo y se resuelva acoger el reclamo de ilegalidad interpuesto contra la Resolución N°57/2023 de 1 de agosto de 2023, de la Dirección de Obras Municipales, resolviendo invalidar el permiso de edificación concedido a la Inmobiliaria Puerto Arquitectura, por tratarse de un permiso ilegal o se adopte a decisión que se estime pertinente en orden a regularizar el actuar ilegal en que la incurrido la referida municipalidad. Exponen que el proyecto inmobiliario "Puerto Camoens", ubicado en calle Camoens N° 6580 de Vitacura, consiste en un edificio de 4 pisos con 54 departamentos acogidos al DFL2, que contempla dos niveles de subterráneos para estacionamientos y terrazas de uso exclusivo en la azotea con quinchos privados. El proyecto se ampara en el Decreto con Fuerza de Ley N°2 de 1959, normativa que originalmente buscaba solucionar el déficit de viviendas económicas mediante beneficios tributarios, pero que en la práctica permite aumentar la densidad constructiva en un 25% sobre lo establecido en el Plan Regulador Comunal. El proyecto aludido no está dirigido a la población de ingresos medios y bajos, sino a un segmento de la población con mayor poder adquisitivo. Explican que los reclamantes son vecinos del sector, grupo que está conformado por una población heterogénea con significativa presencia de adultos mayores (22%) y de niños (18%), Alegan que el proyecto se tramitó sin participación ciudadana y de espaldas a la comunidad, y que solo se obtuvo información sobre él a través de la publicidad de venta anticipada del proyecto. Sostienen que la construcción maximiza las ganancias al límite de la normativa sin consideración por el entorno urbano y social, en un sector caracterizado por su baja densidad residencial. Señalan que en este contexto se origina el conflicto, con el otorgamiento del Permiso de Edificación N°57/2023 por parte de la Dirección de Obras Municipales de Vitacura, acto que los vecinos consideran ilegal por múltiples razones relacionadas con deficiencias en el Informe de Mitigación de Impacto Vial (en adelante IMIV), falta de evaluación de ruidos y vibraciones, incumplim
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 151 letra d) de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, se rechaza, sin costas, el reclamo de ilegalidad deducido por el abogado Rafael Castro Meza, en representación de Junta de Vecinos A-6 Manquehue y de 47 vecinos y vecinas que individualiza, en contra de la Ilustre Municipalidad de Vitacura, representada por su Alcalde doña Camila Merino Catalán. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción de la ministro María Teresa Díaz Rol 762-2023 Contencioso Administrativo. Pronunciado por la Decimocuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros señora María Teresa Díaz Zamora, señor Juan Ángel Muñoz López y abogado integrante señor Nicolás Stitchkin López. No obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa no firma el señor Stitchkin por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que comparece el abogado Rafael Castro Meza, en representación de la Junta de Vecinos A-6 Manquehue y de 47 propietarios -vecinas y vecinos- del sector de la calle Camoens en la comuna de Vitacura, a quienes individualiza en su recurso e interpone reclamo de ilegalidad de conformidad a lo dispuesto en el artíc
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