YÁÑEZ/JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN ANTONIO
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece el abogado Omar Abiud Abusleme, en representación de Ariel Valenzuela Guerra, parte acusada en autos seguidos ante el Juzgado de Garantía de San Antonio, RIT N°6235-2023, e interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de junio de 2025, que declaró inadmisible el recurso de apelación que interpuso en contra de la resolución dictada durante el desarrollo de la Audiencia de Preparación de Juicio Oral, del 11 de junio de 2025, que excluyó prueba de la defensa, por estimar el tribunal que dicha apelación no procede en virtud de los artículos 277 y 370 del Código Procesal Penal. Refiere que, durante la antedicha audiencia se permitió toda la prueba testimonial de la fiscalía y del Consejo de Defensa del Estado, alegando la defensa tutela de derechos fundamentales en subsidio,por impertinencia formal y en subsidio de ello por vulneración de normas legales y fundamentales. En cuanto, a la apelación señala que sobre la resolución si procede tal recurso, pues la historia fidedigna de la ley así lo corrobora y que el mensaje del Código Procesal Penal así lo desliza, que el sistema recursivo se vincula directamente con los derechos y garantías de las personas. La resolución si resultaría impugnable de acuerdo al artículo 370 letra b), y que respecto del artículo 277 inciso segundo no se interpreta claramente, ambos del Código antedicho, hay que interpretarlo respecto a la Constitución y que el legislador no planeó agraviar a los demás intervinientes del proceso de esta opción. A folio 5, informa el juez Javier Arenas Delgado, del Juzgado de Garantía de San Antonio, quien da cuenta que la no exclusión de prueba fue llevada a cabo en audiencia de preparación de juicio oral de 10 y 11 de junio del 2025. Que se debió a consideración en el sistema de libertad probatoria que rige para los intervinientes, que las apreciaciones respecto a ellas deben ser analizadas por el juez de fondo, así se rechazó la incidencia planteada. Prime
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en los 369 y 370 del Código Procesal Penal, se rechaza, el recurso de hecho deducido por el abogado Omar Abiud Abusleme, en representación de José Yáñez Maldonado, en contra de la resolución de diecisiete de junio de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de San Antonio. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese. N°Penal-1693-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece el abogado Omar Abiud Abusleme, en representación de Ariel Valenzuela Guerra, parte acusada en autos seguidos ante el Juzgado de Garantía de San Antonio, RIT N°6235-2023, e interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de junio de 2025, que declaró inadmisible el recur
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