JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO C/ JUAN ANDRES BORQUEZ HUENCHUMAN

Rol

Fecha

30 de septiembre de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: 1.- Que, la defensa del imputado, Fabian Salazar Zapata, quien fue formalizado por los delitos de receptación de vehículo motorizado, y aquél previsto en el artículo 445 del Código Penal, se ha alzado en contra de la resolución que dispuso su prisión preventiva. 2.- Que, no se discute que el encartado fue detenido en esta ciudad con el vehículo sustraído en Temuco, en su poder, junto al coimputado. Además, le fueron hallados 125 miguelitos, y un control universal para abrir y encender vehículos. Tales antecedentes, unidos a la denuncia de la víctima, dando cuenta de haber sufrido un robo en lugar habitado, respecto de su camioneta, permiten tener por acreditados, en esta etapa inicial de la investigación, los presupuestos materiales de los ilícitos formalizados. 3.- Que, conforme a lo expuesto, no puede acogerse, por ahora, el alegato defensivo, desde que la circunstancia de haber sido contratado en Temuco, para trasladar el vehículo a Chillán, sólo descansa en sus dichos. Y de otro lado, el hecho de encontrarse en la posición del copiloto, no tiene la entidad para alterar lo recién concluido. 4.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, debe destacarse, que el imputado tiene anotaciones pretéritas, una de ellas, recientemente cumplida, lo que permite proyectar que no tendría derecho a pena sustitutiva, y, unido al número de delitos, y la penalidad de la receptación, hacen concluir que la medida impuesta, es la única adecuada para garantizar los fines del procedimiento. Y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de veintitrés de septiembre del año en curso, que dispuso la prisión preventiva del imputado Salazar Zapata. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-796-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, treinta de septiembre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: 1.- Que, la defensa del imputado, Fabian Salazar Zapata, quien fue formalizado por los delitos de receptación de vehículo motorizado, y aquél previsto en el artículo 445 del Código Penal, se ha alzado en contra de la resolución que dispuso su prisión preventiva. 2.- Que, no se discute que el encartad

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica